Igualmente, en el caso de la tasa única por cambio de titular, que asciende a 50 euros, el Tribunal considera que no se justifica la fijación de su cuantía, que fue aprobada por el Ayuntamiento en base exclusivamente a los informes de Aguas de León, y con cuyo importe la Cámara ya manifestó en su día su disconformidad por ser desorbitado, alejado de la realidad del mercado e inadecuado en la actual coyuntura económica.
Por la misma razón de falta de una adecuada justificación de la creación y criterios de fijación de cuantía se han anulado las tasas de conservación citadas, y por las que se pretende cobrar un servicio por adelantado o que nunca se va a prestar ya que queda al arbitrio de la Sociedad Aguas de León decidir si procede o no la conservación de acometidas concretas o la reparación o sustitución de contadores de suministro de agua. Este significativo incremento del recibo del agua a todos los ciudadanos se quiso justificar con el más que dudoso argumento que las calificaba como “tasas sociales”, cuando se trata en realidad de facilitar la recaudación dividiendo entre todos el coste de obras o sustituciones de contadores que, en muchos casos, ni siquiera son necesarias, beneficiando exclusivamente a la empresa que gestiona el servicio, participada por el Ayuntamiento y la mercantil Aquona.
La Cámara de la Propiedad también se opuso en el mismo recurso al incremento del 1,5% de las tasas por suministro de agua potable y alcantarillado que León aprobó en diciembre del 2013 por considerarla incoherente en relación con el aumento del resto de tasas municipales que aumentaron solo un 0.3%, y que supuso un incremento del 400% sobre la desviación del IPC real de diciembre. Además, Aguas de León aprovechó este IPC de agosto 2013 para subir la tarifa en un momento en que la tendencia era a la baja y, de hecho, a partir de ese mes los diferentes IPC publicados son en su mayoría negativos.
La Asociación consideró que esta subida de tasas acompañada de nuevas figuras tributarias en el suministro de agua potable y alcantarillado supuso un incremento de la ya elevada presión fiscal que no podía ser admitido por los ciudadanos, sobre todo, teniendo en cuenta la situación especialmente grave que sigue viviendo la sociedad leonesa a pesar de los actuales indicios de recuperación.
Luis Álvarez Méndez, presidente de la Cámara de la Propiedad Urbana de León, muestra su satisfacción con el contenido de la sentencia, "que aunque no es firme ya que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, entendemos que da una oportunidad al Ayuntamiento para aliviar la presión fiscal de los ciudadanos dada la actual coyuntura económica. Aunque no olvidamos la difícil situación económica del Consistorio, la Administración más cercana al ciudadano no debe caer en el recurso fácil de incrementar ingresos públicos de esta forma, sino centrar sus esfuerzos en la máxima eficacia en la gestión de los recursos al servicio de los ciudadanos".
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