Cada juzgado de paz resuelve una media de 200 asuntos al año sin salir del pueblo

En la provincia de León hay actualmente un total de 205 jueces de paz que están organizados en 32 agrupaciones diferentes

I. Herrera
10/12/2017
 Actualizado a 19/09/2019
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No hace falta ser licenciado en Derecho para ser juez de paz. Basta con ser mayor de edad, de nacionalidad española y no incurrir en ninguna de las causas de incapacidad que recoge el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (por ejemplo, estar condenado). Quizá lo más complicado sea lograr la mayoría absoluta del pleno municipal y, aunque no es requisito, es casi de lógica pensar que ha de ser alguien que resida en el pueblo.

Generalmente tienen que ejercer de mediadores entre discusiones vecinales o deudas de poca cuantía El juez de paz es el órgano jurisdicciona l unipersonal de un municipio donde no hay juzgado de primera instancia. Ejerce funciones de juez y, como tal, debe ser tratado. En la provincia de León, según los últimos datos que constan en el Consejo General del Poder Judicial, hay 205 juzgados de paz organizados en 32 agrupaciones. Son una figura propia de las zonas rurales y generalmente tienen que ejercer de mediadores entre discusiones vecinales o entre deudas de poca cantidad, menos de 90 euros.

Escenas cotidianas del pueblo, la típica discusión entre vecinos o familiares suelen ser, en muchas ocasiones, gestionadas por estos jueces lego.

Sólo durante 2016, los jueces de paz de la provincia recibieron un total de 39.899 asuntos, y resolvieron todavía alguno más, hasta los 39.932. Esto supone que cada uno de los juzgados de paz de la provincia de León resolvió una media de 195 asuntos. De ellos, el 60% fueron asuntos penales y el resto civiles. En materia civil, el juez de paz sólo puede intervenir en casos en los que no se supere determinada cuantía económica (90 euros). En materia penal, y desde la última reforma del Código Penal en 2015, tan sólo se encargan de conciliaciones, pues la figura de las faltas ha desaparecido. Además, los ciudadanos pueden ser citados por su juzgado de paz para realizar algún acto de comunicación o alguna diligencia solicitada por otro Juzgado.

Uno de sus cometidos más destacados es el de ser responsables de la custodia y llevanza de los libros que registran el nacimiento, estado civil, los hechos que afecten a la capacidad de obrar y la defunción de las personas del municipio.
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