Confirman tres años y ocho meses de cárcel para una mujer por apuñalar a un hombre en Ponferrada

El TSJCyL ​​​​​​​considera acreditado que la condenada atacó a la víctima con un cuchillo de cocina tras una discusión por drogas en mayo de 2023

07/10/2026
 Actualizado a 07/10/2026
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena de tres años y ocho meses de prisión para una mujer por un delito de homicidio en grado de tentativa, tras apuñalar a un hombre en una vivienda de Ponferrada en mayo de 2023. La Sala de lo Civil y Penal, con sede en Burgos, ha desestimado el recurso presentado por la defensa y ratificado el fallo de la Audiencia Provincial de León.

Los hechos se produjeron en la madrugada del 3 de mayo de 2023, cuando la condenada acudió al domicilio de la víctima con una botella de whisky para consumir alcohol y cocaína. Durante la madrugada se inició una discusión después de que el propietario se negara a proporcionarle más sustancias estupefacientes.

Según considera probado la sentencia, la mujer cogió entonces un cuchillo de cocina de grandes dimensiones, con una hoja de 23 centímetros, y atacó al hombre en distintas partes del cuerpo con intención de acabar con su vida o asumiendo el riesgo de causarle la muerte.

La víctima sufrió heridas de extrema gravedad, entre ellas un traumatismo penetrante en el hemitórax izquierdo que le perforó el pulmón, además de un neumotórax y otras lesiones. Fue trasladado de urgencia al Hospital del Bierzo, donde tuvo que ser intervenido quirúrgicamente y permaneció 40 días en recuperación. Los informes forenses determinaron además que las heridas sufridas en las extremidades eran compatibles con actos de defensa.

La defensa sostuvo en su recurso que las lesiones podrían haberse producido durante una pelea en la calle y cuestionó la valoración de las pruebas realizada por la Audiencia Provincial. También solicitó la aplicación del principio in dubio pro reo.

El TSJCyL rechaza estos argumentos y considera que las pruebas de cargo son sólidas y concluyentes. Entre ellas cita el testimonio de una vecina que alertó a los servicios de emergencia tras escuchar gritos de auxilio y un gran alboroto, los restos de sangre localizados en la vivienda, los análisis biológicos que situaron el perfil genético de la condenada en el arma y las contradicciones detectadas en sus declaraciones durante la investigación.

Además de la pena de prisión, la resolución mantiene la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, así como la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la víctima, su domicilio y lugar de trabajo, y de comunicarse con él durante cuatro años y ocho meses.

En materia de responsabilidad civil, deberá abonar 2.483,88 euros al Sacyl por los gastos asistenciales y 8.787 euros a la víctima por los daños y perjuicios ocasionados, además de las costas procesales. La resolución todavía puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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