Condenado a 8 meses de multa por agresión el autor de la patada a Olegario Ramón

La sentencia considera acreditada la agresión pero le absuelve de atentado contra la autoridad y a su compañero de amenazas, reduciendo los 5 años de prisión a 8 meses de multa y una indemnización

18/12/2025
 Actualizado a 18/12/2025
Momentos de la patada propinada a Olegario Ramón.
Momentos de la patada propinada a Olegario Ramón.

La Audiencia Provincial de León ha condenado a F.P.C. por un delito de lesiones cometido contra Olegario Ramón Fernández durante una concentración celebrada el 11 de abril de 2024 frente a la sede del PSOE en Ponferrada. La sentencia considera acreditado que el condenado agredió físicamente a la víctima.

La Fiscalía pedía 5 años por el atentado más 12 meses de multa a 10 euros día, y 2 años por las lesiones. La sentencia marca una condena a 8 meses de multa a 7 euros diarios y 1504 euros de indemnización por las lesiones.

En cuanto al segundo acusado, la Audiencia lo absuelve del delito de amenazas, ya que, aunque se produjo la expresión “quieres unas hostias”, el tribunal considera que no tenía la entidad suficiente para configurar un delito de amenazas, al no apreciarse que la víctima sintiera un miedo real e inmediato de sufrir la agresión.

Respecto al delito de atentado contra la autoridad, del que también resulta absuelto F.P., la Sala entiende que no ha quedado acreditado que conociera la condición de autoridad de Olegario Ramón en el momento de los hechos, aceptando la versión del acusado de que desconocía la identidad de la persona agredida. Este punto ha sido señalado como especialmente controvertido, ya que existe un vídeo en el que el agresor se dirige expresamente a Ramón, profiriendo insultos y expresiones como “tú eres un asesino” o “a mí me la chupas tú y tu jefe”, lo que podría indicar que sí conocía su identidad.

Tras conocerse la resolución judicial, desde el PSOE de Ponferrada se valoró positivamente que los hechos hayan tenido una respuesta penal. “Celebramos que haya habido una condena para que este tipo de hechos no queden sin sanción penal”, afirmaron.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. En los próximos días, el partido estudiará la posibilidad de interponer un recurso.

 

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