Condenada a seis meses de cárcel una vecina de Boñar por atentar contra un agente medioambiental

La mujer frenó el vehículo a la altura del agente que estaba haciendo fotos para un informe llegando a tocarle con la defensa delantera en las rodillas

I. Herrera
25/05/2019
 Actualizado a 18/09/2019
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Una mujer, vecina de Boñar, ha sido condenada a seis meses de prisión por un delito de atentado a agente de la autoridad, una sentencia que, desde el colectivo, consideran ejemplarizante. Según recoge la sentencia, dictada de conformidad tras alcanzar un acuerdo el Ministerio Fiscal con la defensa, los hechos se remontan a diciembre de 2017 cuando, tal y como ha sido considerado probado, la procesada iba conduciendo su vehículo por la carretera de Rucayo-Valdehuesa y, dando un volantazo, se dirigió hacia el agente que, debidamente uniformado, se encontraba realizando unas fotografías para un estudio de una posible infracción contra el medio ambiente. La condenada frenó el vehículo a la altura del agente llegando a tocarle con la defensa delantera en las rodillas y diciéndole a voces, dice la sentencia, que no iba a hacer más fotos.

Así ha quedado reconocido en la sentencia con fecha 8 de mayo, que recoge también la suspensión de la pena privativa de libertad durante el plazo de dos años a la condenada, con la condición de que no delinca durante este periodo. 

En un primer momento, el Ministerio Fiscal solicitaba para la acusada un año de cárcel por el delito de atentado del artículo 550.1 del Código Penal («Son reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia, opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas. En todo caso, se considerarán actos de atentado los cometidos contra los funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo, o con ocasión de ellas»).

Por su parte, la defensa había solicitado para la acusada la libre absolución estimando que los hechos no eran constitutivos de delitos. No obstante, ambas partes llegaron a un acuerdo antes de que se practicara la prueba en juicio y solicitaron que se procediera a dictar una sentencia de conformidad, como finalmente ha sido, después de que el fiscal rebajara su petición de condena de un año a seis meses.
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