El Gobierno obliga a imponer restricciones y a sancionar en la Zonas de Bajas Emisiones de León

Endurece la norma que afecta a todos los municipios de más de 50.000 habitantes para evitar moratorias en las multas y accesos libres al margen de la etiqueta del vehículo como ocurre en la capital

03/11/2026
 Actualizado a 03/11/2026
La peatonalización de la avenida Ordoño II abrió un debate en León que continuó con las calles aledañas. | ICAL
La peatonalización de la avenida Ordoño II abrió un debate en León que continuó con las calles aledañas. | ICAL

El Gobierno de España aprobó este lunes en el Consejo de Ministros una modificación de la normativa que regula las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) con el objetivo de garantizar que los municipios de más de 50.000 habitantes apliquen restricciones reales al tráfico y sancionen a los conductores que las incumplan. 

En este sentido, la reforma del Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, busca «reforzar el funcionamiento de estas áreas para que contribuyan de manera efectiva a reducir la contaminación atmosférica y mejorar la calidad del aire», según la información facilitada desde la administración central.

Esta decisión llega después de que el Ministerio para la Transición Ecológica haya detectado diferentes deficiencias durante los primeros años de aplicación de la normativa. Entre ellas figuran las moratorias excesivamente prolongadas para comenzar a imponer multas, la ausencia de restricciones en función del potencial contaminante de los vehículos y la delimitación de zonas que coinciden con calles donde ya existían limitaciones al tráfico. Con esta modificación, el Gobierno pretende evitar que algunos ayuntamientos se limiten a establecer un perímetro sobre el mapa sin introducir medidas que tengan efectos reales sobre la circulación.

Estas circunstancias podrían tener consecuencias sobre la Zona de Bajas Emisiones de León, que abarca 112 hectáreas del centro y el ensanche de la ciudad pero permite circular a los vehículos independientemente de su etiqueta ambiental. Además, buena parte de su superficie corresponde al casco histórico y a las calles afectadas por las peatonalizaciones recientes, donde el tráfico de vehículos no autorizados ya estaba restringido o ha quedado limitado con las recientes actuaciones municipales. Esta circunstancia coincide con una de las deficiencias señaladas expresamente por el Gobierno, que cuestiona la inclusión de zonas que ya contaban con restricciones de circulación antes de la implantación de las Zonas de Bajas Emisiones. Además, no se están imponiendo aún sanciones a los vehículos que accedan sin autorización a las nuevas calles peatonales de la capital.

A ello se suma que el modelo aprobado por el Ayuntamiento de León únicamente contempla restricciones ambientales al tráfico cuando se registren episodios excepcionales de contaminación atmosférica, una situación que, según los datos municipales conocidos hasta ahora, nunca se ha producido. 

El Consistorio ha defendido este sistema basándose en la buena calidad del aire de la capital leonesa, aunque las nuevas exigencias estatales podrían obligar a revisar la regulación para introducir limitaciones más efectivas. No obstante, habrá que conocer el texto definitivo para determinar si el modelo leonés cumple los nuevos requisitos.

Una de las principales novedades es que los ayuntamientos deberán demostrar documentalmente que sus Zonas de Bajas Emisiones funcionan realmente. Para ello, tendrán que acreditar que han entrado en vigor las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos en función de sus emisiones contaminantes, así como que disponen de sistemas de control de accesos, vigilancia y seguimiento que permitan comprobar su cumplimiento.

La reforma también endurece las condiciones para aplicar sanciones. Las ordenanzas municipales deberán incorporar y hacer efectivo el régimen sancionador previsto en la normativa estatal de tráfico, sin establecer periodos transitorios que retrasen la imposición de multas. De esta manera, el Gobierno pretende acabar con las situaciones en las que las restricciones están formalmente aprobadas, pero su incumplimiento no tiene consecuencias para los conductores.

Desde el Ministerio para la Transición Ecológica consideran que estas modificaciones permitirán reforzar la seguridad jurídica de los ayuntamientos y facilitarán la evaluación de los resultados obtenidos. La acreditación del cumplimiento de las nuevas obligaciones también podrá utilizarse como referencia para los instrumentos de financiación destinados a impulsar la transformación digital y sostenible del transporte urbano.

Desde el Gobierno defienden finalmente que las Zonas de Bajas Emisiones constituyen una de las principales medidas contempladas en la legislación estatal para reducir las emisiones contaminantes en las ciudades. Su implantación es obligatoria para los municipios de más de 50.000 habitantes, los territorios insulares y aquellos municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de calidad del aire. Con la reforma aprobada este martes, el Gobierno busca que estas zonas no se queden únicamente en su delimitación administrativa, sino que cuenten con medidas capaces de reducir el tráfico más contaminante, fomentar una movilidad sostenible y mejorar la salud de los ciudadanos.

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