El TSJ vuelve a rechazar que la Junta se aparte del recurso contra la suspensión del decreto de caza

El auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo supone que continúa la tramitación de la cuestión de inconstitucionalidad

L.N.C.
30/09/2019
 Actualizado a 30/09/2019
Imagen de archivo de un cazador desarrollando su actividad. | ICAL
Imagen de archivo de un cazador desarrollando su actividad. | ICAL
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), con sede en Valladolid, rechaza, por segunda vez, la pretensión del Gobierno autonómico de desistir del recurso interpuesto contra el auto de la Sala que suspendió cautelarmente el decreto que regula la conservación de las especies cinegéticas, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre, según informaron fuentes del alto tribunal de la Comunidad.

En un auto notificado ya a las partes, la Sala desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución del mismo Tribunal que ya en julio rechazó la petición de la Junta de Castilla y León de apartarse del procedimiento. La resolución cuenta con el voto particular de uno de los cuatro magistrados, que discrepa de la decisión de sus compañeros.

Los magistrados entienden que tal solicitud incurre en un "fraude de ley" por haberse planteado después de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo haya iniciado los trámites para decidir si eleva al Tribunal Constitucional la Ley de Caza aprobada en marzo por el parlamento autonómico.

La Sala tiene pendiente decidir si plantea una cuestión de inconstitucionalidad ante el Constitucional por considerar que la modificación de la Ley de Caza vigente hasta marzo podría impedir la ejecución y cumplimiento por parte de la Administración de la resolución judicial dictada con anterioridad por la que se suspendía cautelarmente la práctica de la caza en Castilla y León.

Cabe recordar que la Sala dictó el pasado día 7 de mayo una providencia en la que preguntaba a las partes y al Ministerio Fiscal si procedía elevar una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional en la medida en que “la resolución del recurso de reposición se ve afectada por el nuevo marco normativo surgido con la modificación de la Ley de Caza y no puede ser desconocido a la hora de resolver el citado recurso de reposición, porque la medida cautelar se proyecta hacia el futuro, durante la sustanciación del proceso”.

Por tanto, cuando la Sala estaba a la espera de que las partes -Pacma, Junta de Castilla y León, y Ministerio Fiscal- se pronunciaran sobre la posibilidad de plantear una cuestión de inconstitucionalidad contra la reciente modificación de la Ley de Caza, la Administración Autonómica presentó dicho desistimiento.
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