La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado esta semana de forma íntegra la sentencia dictada el pasado mes de septiembre por el Juzgado de lo Social número 4 de León que condenó a Sacyl al reintegro de los gastos asumidos por una familia de León para el tratamiento especializado de logopedia de su hijo menor, afectado por una sordera grave.
La resolución judicial considera acreditado que el menor, afectado por una grave hipoacusia congénita bilateral, necesitaba intervención logopédica especializada "de carácter urgente, inmediato y vital" para evitar daños permanentes e irreversibles en su desarrollo, comunicación e integración social.
Según recoge la sentencia, la familia tuvo que asumir en la sanidad privada durante años el coste del tratamiento debido a que el servicio público sanitario alegó que no ofrecía ese tratamiento específico a menores de edad con hipoacusia. Tal y como recoge la sentencia, la familia del menor con hipoacusia acudió al servicio de Otorrinolaringología del Hospital de León y fue observado también en el Hospital Universitario de Salamanca, si bien "no consta que los servicios públicos le dispensaran el tratamiento".
El Tribunal Superior de Justicia ha rechazado íntegramente el recurso formulado por la Gerencia Territorial de Salud de Castilla y León, de manera que ha ratificado la obligación de reintegrar a la familia afectada la suma de 11.205,50 euros por los gastos médicos afrontados en la sanidad privada durante estos años.
Cabe indicar que la sentencia ha destacado especialmente que "no existió un uso abusivo de la sanidad privada, la atención requerida no estaba siendo prestada por la sanidad pública y que la ausencia de tratamiento podía ocasionar consecuencias irreversibles para el menor".
Asimismo, el Tribunal ha avalado que la intervención logopédica especializada resultaba esencial para maximizar el potencial comunicativo y el bienestar del menor, así como para prevenir graves consecuencias funcionales y sociales.
La familia ha estado asistida jurídicamente por el despacho Crespo & Prada Abogados de León. Desde el despacho se valora "muy positivamente" esta resolución judicial, "especialmente por el importante reconocimiento que supone respecto al derecho de los menores con necesidades especiales a recibir una atención sanitaria adecuada y efectiva dentro del sistema público de salud".
