Agricultura abrirá un expediente sancionador al Grupo Río por recoger leche sin contrato en León

La industria gallega cometió esta irregularidad entre octubre de 2014 y finales de enero de este año. La Consejería lleva a cabo una intensificación de la vigilancia a la industria láctea ante el fin de la cuota láctea

L.N.C.
10/04/2015
 Actualizado a 14/09/2019
Varias explotaciones de León fueron afectadas. | MAURICIO PEÑA
Varias explotaciones de León fueron afectadas. | MAURICIO PEÑA
Debido al incremento de controles y ante la denuncia de varios ganaderos de León, la Consejería de Agricultura y Ganadería inició en marzo un procedimiento de inspección sobre diferentes ganaderías comprobando las declaraciones que realizaron los ganaderos y visitando las explotaciones los inspectores. Como consecuencia de este trabajo se ha constatado que el Grupo de Leche Río S.A. ha estado recogiendo leche cruda de vaca sin contrato escrito a varios productores de León entre el 1 de octubre de 2014 hasta el 31 de enero de 2015.

Una vez realizadas las inspecciones, la Consejería de Agricultura y Ganadería ha trasladado tanto las actas de los controles como todos los documentos recabados en las inspecciones a la Agencia de Información y Control Alimentario (AICA) para que inicien los correspondientes expedientes sancionadores ya que al tener el domicilio social este grupo fuera de Castilla y León le corresponde a dicha agencia la tramitación de los citados expedientes.

Obligación de suscripción de contratos


El Parlamento de la Unión Europea aprobó en febrero de 2012, y tras la recomendación de un Grupo de Expertos de Alto nivel del sector lácteo de Europa, una serie de medidas bajo la denominación de ‘paquete lácteo’ para mejorar el equilibrio de la cadena de valor en el sector lácteo. Dicha normativa ha sido incorporada para su aplicación en España y recientemente modificada mediante el Real Decreto 125/2015 de 27 de febrero.

Dentro de estas medidas destaca el contrato obligatorio, como garantía de estabilidad en las relaciones en la cadena láctea además de garantizar la recogida a los productores y el suministro de leche a la industria. La duración mínima del contrato es de un año pero el productor, tal y como establece la normativa actualizada recientemente, puede rechazar esa duración mínima en supuestos debidamente justificados y que debe notificar a la autoridad competente de la comunidad autónoma donde radique su explotación a la mayor brevedad posible.

Todos los contratos, tal y como establece la normativa, deben estar recogidos en una única base de datos, denominada “Sistema unificado de información en el sector lácteo (INFOLAC)”.

Más controles


Ante esta situación, la Consejería de Agricultura y Ganadería ha intensificado los controles para verificar que la industria cumple la normativa Europea de suscribir contratos con los productores, con una duración de un año, para la compra/venta de leche. Se trata de incrementar las medidas de control y así defender a los ganaderos de la Comunidad frente al nuevo escenario del mercado de este sector.

Los controles que el Gobierno autonómico realiza son administrativos y sobre el terreno. En los primeros se realiza un cruce de datos de la información contenida en las diferentes bases de datos de contratos con las entregas de leche; en los segundos, se trata de controles sobre el terreno tanto a los compradores como a los ganaderos que distribuyen la leche a las distintas industrias.

Como complemento a los controles a compradores se hace un control sobre el terreno a dos suministradores de cada empresa con el objetivo de verificar: en aquellos casos en que el suministrador sea un ganadero, se investiga si se dispone de la renuncia expresa firmada al contrato de un año ofertado por el receptor. Además, se comprueba que el suministrador conoce todos los elementos del contrato y en concreto aquellos que se refieren al precio y al cumplimiento de las condiciones de pago.

La Consejería de Agricultura y Ganadería ha realizado, desde el inicio de esta obligatoriedad y hasta el momento, 185 controles administrativos y sobre el terreno tanto a compradores como a productores.

De comprobarse mediante estos controles que las industrias no tienen suscrito contrato con los ganaderos se les remite una carta para que en el plazo de 10 días aporten justificación de la existencia de contratos con los ganaderos, iniciándose si no es así el correspondiente expediente sancionador.
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