Un juzgado de León amplía la baja de una madre a 26 semanas por ser familia monoparental
Un juzgado de León amplía la baja de una madre a 26 semanas por ser familia monoparental
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Un juzgado de León amplía la baja de una madre a 26 semanas por ser familia monoparental
Tribunales
La mujer solicitó inicialmente sumar 16 semanas a las otras 16 habituales y la INSS se lo negó
El juzgado de lo Social número 1 de León ha dictado una sentencia en la que estima la demanda presentada por una mujer ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, INSS, y amplía hasta las 26 semanas la baja maternal, por tratarse de una familia monoparental.
La mujer solicitó inicialmente la prestación por nacimiento y cuidado de un menor por el periodo habitual de 16 semanas y posteriormente presentó una nueva petición en la que alegada su condición de familia monoparental y reclamaba la ampliación del permiso para el cuidado de su hija en otras 16 semanas.
El INSS la rechazó y, agotada la vía administrativa, la mujer interpuso la correspondiente demanda sobre la que el juez titular ha dictado sentencia. En el texto se argumenta, entre otras cuestiones, que atender la pretensión de la demandante supone “favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral”.
Sobre todo, añade, “se evita la desigualdad entre menores de familias biparentales, que pueden estar al cuidado de su familia durante 26 semanas, frente a las 16 que se darían sólo en el caso de las familias monoparentales, de seguirse la tesis del INSS”. “Atendiendo al superior interés del menor debe impedirse esa desigualdad de trato”, apunta.
La mujer solicitó inicialmente la prestación por nacimiento y cuidado de un menor por el periodo habitual de 16 semanas y posteriormente presentó una nueva petición en la que alegada su condición de familia monoparental y reclamaba la ampliación del permiso para el cuidado de su hija en otras 16 semanas.
El INSS la rechazó y, agotada la vía administrativa, la mujer interpuso la correspondiente demanda sobre la que el juez titular ha dictado sentencia. En el texto se argumenta, entre otras cuestiones, que atender la pretensión de la demandante supone “favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral”.
Sobre todo, añade, “se evita la desigualdad entre menores de familias biparentales, que pueden estar al cuidado de su familia durante 26 semanas, frente a las 16 que se darían sólo en el caso de las familias monoparentales, de seguirse la tesis del INSS”. “Atendiendo al superior interés del menor debe impedirse esa desigualdad de trato”, apunta.
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