La Audiencia de Madrid afea a Peinado que reclamase las llamadas de la asesora de Begoña Gómez sin motivación

El tribunal corrige al juez instructor por invadir la intimidad de la asesora de La Moncloa sin justificar su decisión y le obliga a tramitar el recurso que negó

Europa Press
20/05/2025
 Actualizado a 20/05/2025
 La asesora de Begoña Gómez en Moncloa Cristina Álvarez, a su salida de declarar a los juzgados de Plaza de Castilla el pasado febrero.| EUROPA PRESS
La asesora de Begoña Gómez en Moncloa Cristina Álvarez, a su salida de declarar a los juzgados de Plaza de Castilla el pasado febrero.| EUROPA PRESS

La Audiencia Provincial de Madrid ha reprochado al juez Juan Carlos Peinado que solicitara a la UCO los registros telefónicos de Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez, mediante una providencia sin motivación y sin permitir recurso.

En un auto conocido hoy, los magistrados ordenan admitir a trámite el recurso de queja que Álvarez presentó en febrero contra aquella medida dictada el 9 de enero.

La defensa denunció que la providencia vulneraba sus derechos fundamentales, al afectar a sus comunicaciones sin una resolución razonada ni posibilidad de impugnarla.

El abogado José María de Pablo cuestionó el uso de providencias sin motivación como vía para eludir el control judicial sobre decisiones que restringen libertades.

La Fiscalía coincidió con la defensa, al entender que la orden comprometía el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones de la asesora.

Desde el Ministerio Público se criticó el uso abusivo de providencias para decisiones de gran trascendencia que deben plasmarse en autos recurribles.

La Audiencia subraya que al tratarse de datos de comunicaciones la resolución tenía que recogerse en un auto contra el que cupiera apelación directa.

Recuerda, además, que el juez dictó un auto del 28 de enero delimitando la petición de llamadas a contactos con IE África Center, Indra, Google, Telefónica, Fundación Caixa, Reale y otros patrocinadores de programas vinculados a Gómez.

Finalmente, el tribunal estima el recurso de apelación y enmienda al instructor, garantizando a la defensa el control judicial debido sobre la medida.

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