Hay respuestas que aclaran. Y hay respuestas que, como ciertas nieblas del Bernesga, lo envuelven todo con la pretensión de que nadie distinga el puente de la orilla.
Recientemente, en una entrevista radiofónica, al presidente de la Junta le preguntaban si León sería alguna vez una comunidad autónoma propia. La contestación fue un ejercicio de orfebrería evasiva: muchas palabras, ninguna afirmación; muchas referencias solemnes, ninguna conclusión. Una sinfonía de obviedades para no pronunciar el monosílabo que la pregunta reclamaba: que si la Constitución dice lo que dice; que si el Estatuto dice lo que dice.
Magnífico hallazgo.
Es cierto que el Estatuto de Autonomía enumera las nueve provincias que integran la Comunidad. Tan cierto como que su Título VII regula la reforma del propio Estatuto. Acatando esa misma norma suprema autonómica, podría reformarse para prever un procedimiento de escisión leonesa. Y no se vulneraría una sola coma de la legalidad. No es una herejía jurídica; es una previsión normativa. La Constitución Española no petrifica la organización territorial como mármol romano recién desenterrado en Lancia.
Decir que habría que ‘tocar’ el Estatuto para articular esa escisión es una obviedad. No es la constatación de un imposible; es la descripción del cauce. Pues bien: tóquese.
Más llamativa resulta la afirmación de que el Estatuto «está integrado en la Constitución». Falso. Toda norma debe ser conforme a la Constitución, pero eso no significa que quede integrada en ella. La Constitución la componen sus 169 artículos; y entre ellos figura el art. 2, que reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las regiones que integran España. O los arts. 143, 151 y 144 que establecen distintas vías para acceder a esa autonomía. El constituyente no diseñó una jaula; diseñó un sistema abierto, procedimental y dinámico.
¿Es irreversible la situación actual? No. Lo que sucede es más prosaico: hay quien no quiere abrir el debate porque intuye el resultado. La apelación solemne a la legalidad se utiliza a menudo como sinónimo de inmovilidad, cuando la legalidad es, precisamente, el conjunto de reglas que permiten cambiar las cosas sin romperlas.
Quizá por eso la respuesta fue un rodeo. Porque afirmar que León jamás será comunidad autónoma exigiría sostener que la Constitución lo prohíbe. Y no lo prohíbe. Exigiría demostrar que el Estatuto es irreformable. Y no lo es. Exigiría negar la voluntad política de los leoneses si esta se expresara mayoritariamente en tal sentido. Y eso, en democracia, tiene las patas muy cortas, como la mentira.
La cuestión, en el fondo, no es jurídica: es política. Pero conviene no disfrazarla de dogma constitucional. Si la mayoría social y electoral en León apuesta por una autonomía propia, el ordenamiento ofrece cauces. Complejos, sí. Exigentes, también. Pero cauces, al fin y al cabo.
Tal vez por eso sería prudente que algunos comenzaran a contemplar esa hipótesis no como una amenaza, sino como una realidad en gestación. Porque el día que se consume la autonomía leonesa –como tantas transformaciones que empiezan siendo negadas y acaban siendo inevitables– quienes hoy la descartan volverán por estos lares a pedir el voto para gobernarla. Y entonces no bastará con haberla negado: tendrán que explicar por qué se opusieron a una aspiración que sabían jurídicamente posible y políticamente creciente. Y resultará incómodo defender con entusiasmo aquello que antes se consideraba inviable y ejercer de arquitectos de aquello cuya primera piedra se intentó retirar.
Bernardo L. García Angulo es abogado