Sobre la democracia secular leonesa

Francisco Javier González Rojo
02/07/2023
 Actualizado a 02/07/2023
¡Qué te voy a decir nina!, se supone que, en la escuela, bueno, ahora se dice colegio, os habrán comentado que León, es la ‘Cuna del Parlamentarismo’ porque así se ha reconocido a nivel mundial por la Unesco, un organismo internacional, y que se debe a que fue en el Reino de León el primer lugar donde convocados los representantes de los estamentos sociales, reunidos, aprobaron unas leyes que se aplicarían en todo el territorio del Reino.

Ten por seguro que los representantes del estamento del pueblo llano irían a propuesta de los concejos de los pueblos. Lo más probable es que en cada pueblo se llamara a concejo, en él se propondría a quienes, en representación del pueblo, junto con los propuestos en otros pueblos decidirían quienes acudirían como delegados, de lo que comprendería lo que hoy conocemos como Comarca, a la capital del Reino. Pues, no lo olvides, esos Concejos era de donde fluía desde siempre y se ejercía la democracia secular leonesa hasta bien reciente, y no lo sabréis porque ni lo habéis visto ni nadie os lo enseña. Por eso te lo tengo que contar a ti, que pareces una rapacina despierta e inteligente, para que sirva de ejemplo democrático a todo el mundo y su conocimiento no se pierda.

Esa democracia concejil ha sido el fundamento de la Histórica Gestión Comunal Leonesa. Realmente, hubiera sido imposible una gestión comunal de los pueblos leoneses sin ese fundamento democrático.

A ver si te lo explico bien. En León, por su orografía, la habitabilidad de los pueblos dependía del terreno comunal, o mejor, de la Propiedad Comunal. Además, al estar delimitado geográficamente el territorio de cada pueblo su gestión patrimonial sustentada en la productividad era básica para la subsistencia de los mismos. Esa gestión se cimentaba en principios esenciales.

Así, esa propiedad comunal pertenece a cada pueblo y la titularidad de obligaciones y derechos con la misma, a los Hijos del Pueblo, es decir, se hereda. A su vez, la delimitación territorial y la limitación de los recursos obliga a que tanto las obligaciones como los derechos corresponden a la unidad familiar configurada por todos los que conviven bajo un mismo techo. Pero esas obligaciones y derechos no bastaban con heredarlos, sino que había que ejercerlos por lo que correspondían a ‘casa abierta’, habitada, y de tal forma a la hacendera como al concejo debería acudir un representante por cada una de ellas.

Cada casa está representada por uno de sus miembros en el Concejo que es la institución, el antecedente parlamentario, que propone, discute, nombra, controla y decide sobre la Gestión Comunal.

Otro principio esencial es esa titularidad de obligaciones y derechos comunales. Pues bien, algo que debes memorizar es que en el histórico sistema democrático leonés de obligaciones y derechos comunales, se anteponía la obligación a los derechos, es decir, si se faltaba a la obligación de acudir a la hacendera, como se conocían los trabajos y obras del común, se penalizaba con derechos a los aprovechamientos o a la utilización de la Propiedad Comunal. Aunque no lo sepa con certeza, no creo se prohibiera nunca el derecho a que un representante por la casa acudiese y participara en el concejo, aunque solo lo fuere porque tuviera la posibilidad de defender o justificar el motivo de la falta a cualquier obligación. De cualquier modo, la penalización se imponía de forma democrática refrendándose en Concejo.

Pero si hay algo que debes grabar en tu mente para siempre es que el proceso democrático tradicional leones generaba y potenciaba un sistema de Gestión Comunal Inteligente. ¡Fíjate!, en ese sistema democrático, lo esencial no es elegir sino proponer, lo que facilita un sistema de dirección y gestión de la inteligencia y el conocimiento. Es el Concejo quien propone a los componentes de la Junta Vecinal que dirigirán la gestión comunal del pueblo y, parece obvio, que con buen criterio buscará que sean los mejores para desempeñar los cargos, pero con hay algo trascendental en ese sistema de dirección inteligente, que ese nombramiento es obligatorio e ineludible para el propuesto en ese periodo como una obligación social y comunal. Así mismo los cargos comunales que requerían una especialización se encargaban a los más habilidosos. Pero no solo eso, para cualquier propuesta de mejora en la gestión comunal se convocaba el Concejo tratándose de manera comunitaria con lo que ese se convertía en un organismo que aglutinaba la inteligencia social comunitaria.

Bien, quédate con esos principios básicos y con que la democracia crece desde abajo hacia arriba, se forma en casa, pasa al pueblo y llega al Reino.

Y aunque se pretenda de forma proactiva que desaparezca de la Historia la existencia de esta Región Leonesa con la pérdida de su identidad tanto a nivel nacional como europeo, vosotros los jóvenes, no dejéis de pelear y dar a conocer estos tesoros de valor incalculable que aquellos jamás tuvieron.
Lo más leído