Siguiendo los diez años de esta colaboración, que glosaba en la columna anterior, después de leer el primero de los artículos, tuve la intención malsana de repasar todo aquello que había escrito.
En ese repaso apareció, fechado el 7 de noviembre de 2014, el dedicado a la modificación de las condiciones impositivas de la transmisión de una vivienda, escrito antes de su promulgación y comentando lo que parecía iba a suceder, y, que de hecho, sucedió.
Era un comentario sobre lo que se iba a poner en marcha y cuyo fin era recaudar y recaudar sin misericordia, olvidando las muy variadas circunstancias que se podían presentar y. sobre todo, vestido de una pátina de justicia distributiva falsa como el beso de judas o los duros sevillanos.
Más o menos la cosa se plantea así: vende usted una vivienda, y debe compensar al Estado, vía IRPF, con una parte de los beneficios obtenidos. Esa compensación, en su nivel más alto es el 23% de la diferencia entre lo pagado en su día y lo cobrado en la venta, cuando aquella supera los 50.000 €, es decir, prácticamente en todos los casos que tengan una antigüedad mayor de 20 años..
En aquél artículo hacía el razonamiento de que así, a primera vista, el hecho de que las arcas del Estado reciban una parte de tus beneficios por una revalorización que en buena parte se debe a la evolución que el propio país ha tenido, parecería razonable.
También proponía el ejercicio de aplicar lo anterior a una vivienda adquirida en el año 1976, hace cuarenta años y que bien podía ser la de unos recién casados que cumplían ese sueño de los que se independizan: comprar una vivienda.
Además, valoraba la compra entonces en 2 millones de pesetas para 90 metros cuadrados útiles.
Hoy, sigo opinando lo mismo que entonces: no es razonable que, para calcular el beneficio de la venta, se considere como valor de partida el precio pagado en aquél momento, sin actualizar,y el de comparación sea la valoración que hace la Junta de Castilla y León (en esta nuestra autonomía) al día de hoy. Pesetas de entonces contra euros de hoy.
Porque una peseta de aquellos tiempos casi del cuplé, actualizada por devaluaciones y/o inflaciones, puede perfectamente haberse convertido en 20 pesetas hoy. Es decir que dos millones de aquellas equivalen a ciento veinte mil euros de ahora.
Y ese aumento de valor lo ha sido por depreciación de la moneda, no porque la ciudad y su entorno lo hayan revaluado.
En cuanto al valor de venta, bastante hay que decir. Muchas, pero muchas veces, incluso en esta columna, he glosado lo que el libro de valoraciones que estudiábamos en la carrera de arquitectura ponía en la primera página, pero la primera primera, la que venía después la tapa y antes de la que recogía el título del libro y nombre del autor, rezaba: «Tu casa vale lo que tu vecino quiera pagar por ella», y debajo, entre paréntesis, el autor de la frase, que era, ni más ni menos que «Confucio».Una gran verdad. Una gran verdad que este nuestro sistema impositivo no contempla ni de lejos, de modo y manera que hoy, en muchísimos casos, la valoración calculada por la Junta es superior a lo que has recibido en la venta.
Así que, hasta ahí, la primera tropelía, pues si no se actualiza el valor de compra, cuando ésta ha sido en tiempos lejanos, la contribución a las arcas del estado se convierte, de salida, en una confiscación de prácticamente el valor que la Junta fija.
Y esto tiene un corolario: a primera vista parece que se trata, de alguna manera, de actuar contrala especulación de viviendas. Pero nada más lejos de la realidad, porque los especuladores compran hoy y venden mañana, con buenos beneficios, pero reales, mientras que los que reciben el verdadero palo, son lo que compraron su casita hace cuarenta años, y se desprenden de ella hoy, sin que nada tenga que ver con la especulación inmobiliaria, y menos en estos tiempos que corremosen que la vivienda ha caído por el terraplén.
Más bien se trata de personas mayores, que por edad, o mucho peor, quizás por necesidad, han de venderla, y ¡Oh sorpresa!, se encuentran que, de las cuentas que han echado, la mitad de la mitad. O menos.
Otro corolario: ni se tienen en cuenta las circunstancias ni el estado económico de los vendedores ni nada de eso que tanto se predica de la labor social y la asistencia a los jubilados.
Es posible, también, que se la pasen a sus hijos, ya sea en forma de donación o cualquier otra figura, unos hijos que, bastantes veces lo hemos visto, ahora no tienen capacidad para poder adquirir una vivienda (buenos están los tiempos).
Todo mientras los padres se van con la música a otra parte o a una residencia, como finalmente tendremos que ir todos (no pensemos otra cosa), en cuyo caso, le es de aplicación igualmente el pago del 23% y en las mismas condiciones.
Otro corolario: o sea, que, además de no recibir nada por la venta, hay que rascarse el bolsillo y soltar un montón de miles de euros.
Añadámosle a esto que, durante la larga vida del inmueble, se han pagado ‘Ibis’ sin cuento, miles de euros en total, impuesto de patrimonio en muchos casos o dependiendo de la época y de los vaivenes del sistema y no voy a hablar de reparaciones para que tenga un valor final decente, siempre del bolsillo del sufrido ciudadano.
Añadamosel impuesto de trasmisionesy la plusvalía, que son otro pico de miles de euros.
Sumado todo esto, resulta que aquél pisito adquirido de recién casados hace cuarenta años, que por buenas composturas se ha vendido en ciento cuarenta o ciento cincuenta mil euros, deja en el erario, entre pitos y flautas, sesenta mil euros, más todas las gabelas de ibis y demás impuestos y considérese lo que aquellos dos millones de pesetas son hoy en moneda constante.
¿Cuál es el corolario final? Pues que cuando nos desprendemos de ella, hemos pagado dos veces la vivienda, una al que nos la vendió y otra al Estado.
Y todo esto sucede bajo la égida de un gobierno liberal conservador.
¡Uf!
Claro que, pensándolo bien, si así se conducen los moderados, cómo se conducirán los que no lo son tanto.

El ladrillazo de Montoro y Cia / Corolario
27/05/2016
Actualizado a
19/09/2019
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