Mi nombre es Dorinda López, soy del pueblo de Lumeras (Bierzo-León). escribo estas líneas a ver si alguien pudiera poner algo de luz en el siguiente caso:
Por el año 1957 aproximadamente, un hijo del pueblo de Lumeras, pedanía del Ayuntamiento de Candín (Bierzo-León) donó a Lumeras: Instalación luz eléctrica, iglesia, casa de maestros, escuela, plaza y fuente de la plaza. Esas donaciones fueran hechas a perpetuidad, y para los fines indicados cada una de ellas.
Al no haber niños en los pueblos el Ministerio de Educación hizo una desafectación de las escuelas. En el caso de Lumeras no sé si se llegó a hacer o no. Sí, el Ministerio de Educación se pronunció en un escrito diciendo que «al margen de que se llevara a cabo o no la desafectación de la escuela, no se pronunciaba en cuanto a su titularidad». Dicha titularidad la tiene el Ayuntamiento de Candín, al que pertenece Lumeras.
Y yo me pregunto: «Por qué motivo tiene el Ayuntamiento de Candín estas propiedades? Contradiciendo la voluntad del donante: «A perpetuidad para el pueblo de Lumeras».
Si por motivo de no haber niños, como es el caso de Lumeras, a la casa de maestros y escuela no se le pudieran dar los fines respectivos, siempre sería para algún servicio del que se beneficiara el pueblo. Esto quedó especificado en la voluntad del donante.
¿Tiene alguien potestad para contradecir la voluntad del que donó esas propiedades?
Estas preguntas se las he hecho al Ayuntamiento de Candín a través de varios correos electrónicos míos, aportando fotocopias de documentos. El Ayuntamiento de Candín me ha contestado solamente a dos correos, que no me aclararon dudas. A los últimos correos no hubo contestación por parte de ese Ayuntamiento. Pedí que si hubiera algún documento que yo desconociera, que me advirtiera de ello. No he tenido respuesta.
Lo más leído