La instalación obligatoria de repartidores de costes de calefacción en las comunidades de propietarios

La Cámara de la Propiedad Urbana de León resuelve las principales dudas sobre esta obligación legal

L.N.C.
03/12/2021
 Actualizado a 03/12/2021
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La Cámara de la Propiedad Urbana de León continúa ofreciendo información para resolver dudas y explicar la legislación en materia de propiedad y arrendamiento de forma clara y sencilla con La Nueva Crónica. Este viernes, Luis Miguel Lobato Pozuelo, letrado asesor, centra sus explicaciones en la instalación obligatoria de repartidores de costes de calefacción en las comunidades de propietarios.

En el vídeo, el letrado asesor de la Cámara de la Propiedad Urbana de León resuelve las siguientes cuestiones:

  • ¿En qué consiste la obligación legal de instalar los repartidores de costes de calefacción? ¿Cómo hay que hacerlo?
  • ¿Y si no los instalamos? Consecuencias del incumplimiento
  • ¿Una vez instalado el sistema de reparto de costes, cada propietario pagará solo en base a su consumo?
  • ¿Cómo tomar el acuerdo válidamente por la comunidad de propietarios? ¿Qué ocurre con los propietarios únicos de edificios completos?
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