La inocencia de Raquel Gago: ¿una cuestión de derechos humanos?

Presentada la demanda ante el Tribunal de Estrasburgo fundada en cuatro injusticias

I. Herrera
30/03/2018
 Actualizado a 17/09/2019
Raquel Gago durante una entrevista concedida a este periódico. | LAURA PASTORIZA
Raquel Gago durante una entrevista concedida a este periódico. | LAURA PASTORIZA
Raquel Gago ha pasado casi dos años de su vida en prisión (y con 12 más por delante por sentencia) por un asesinato que no sabía que se iba a cometer, en el que no participó de forma alguna y tras un proceso judicial que le ha condenado sin pruebas y hasta por un delito que no es tal. Así se lo ha explicado al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo (Francia) en la demanda interpuesta el viernes ante la máxima autoridad judicial para la garantía de los derechos humanos y libertades fundamentales en toda Europa. Es su última oportunidad para que se reconozca la inocencia que ella ha defendido desde un primer momento en el caso por el crimen de Isabel Carrasco, la expresidenta del PP leonés y de la Diputación Provincial, una mujer que falleció abatida a tiros por la espalda a escasos metros de su casa a manos de la madre de una amiga de Raquel: Montserrat González.

Después de haber agotado todas las vías posibles para recurrir su sentencia en el marco de la Justicia nacional, Gago busca ahora que se la escuche en la Corte Europea de Derechos Humanos. El escrito que acompaña el formulario de demanda interpuesto ante este Tribunal, un documento de 21 páginas al que ha tenido acceso este periódico y que aparece firmado por la propia Raquel Gago y por su abogado, Santiago Torres, comienza haciendo referencia a la situación en la que se encuentra la demandante, en prisión por la ejecución de unas sentencias que, consideran, han causado la violación de los derechos de Gago a un juicio equitativo y al principio de legalidad penal de la Convención Europea de los Derechos Humanos. Por ello solicitan que la misma se tramite con carácter urgente.

Creen que el asesor de Herrera o el padre de Triana podían haber dado respuesta a cuestiones que se han contestado a costa de Gago El escrito reconoce que Raquel era conocedora del sentimiento que embargaba a Triana de ser objeto de un trato injusto por parte de Isabel Carrasco, y que esa sensación de injusticia la compartía también la madre, Montserrat. Relata los motivos por los que estaba en Lucas de Tuy la tarde del crimen e insiste en que ni conocía los propósitos homicidas de su amiga y la madre ni participó de modo alguno en los hechos relacionados con la muerte de Isabel Carrasco. Además de creer que la confianza que existía entre Triana y ella le jugó una mala pasada que le ha llevado a cumplir una condena de 14 años de prisión (pues no opuso resistencia alguna ni vio nada extraño en que Triana apareciera aquella tarde por la céntrica calle de León y le pidiera que le abriera el coche para dejar un paquete que ya recogería), también cree que ha jugado en contra de sus intereses el sesgo parcial de la investigación policial en este caso. Por ejemplo, "por la magnificación de la trascendencia de ciertos hechos en contra de la demandante mientras se silenciaba la existencia de esos mismos hechos por otras personas", dice literalmente el escrito de demanda haciendo alusión directa al asesor del presidente de la Junta de Castilla y León con el que Triana compartía casi tantas llamadas como con Raquel y con el que tuvo dos conversaciones inusualmente largas el día antes del crimen. El documento pone nombre y apellidos a este hombre, Luis Estébanez, al que jamás se aludió ni durante la instrucción ni durante el juicio.

Y otro ejemplo, "tampoco se investigó al padre de Triana y esposo de Montserrat, funcionario del Cuerpo Nacional de Policía y jefe de la Comisaría de Astorga, quien podría haber dado cabal razón respecto a la tenencia de un arma corta y munición de diversos calibres en una habitación de la casa de su hija; en especial de la munición fabricada por la Fábrica Nacional de Santa Bárbara, de titularidad estatal, que sólo proporcionaba tales municiones a los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado".

Tras una exposición clara y concisa sobre los motivos por los que cree que tiene cabida su demanda ante el Tribunal de Estrasburgo para que se proceda a revisar la resolución judicial firme en aras de la Protección de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y sus Protocolos, pide además una reparación de los daños causados, tanto por la pérdida de salarios como por la enfermedad derivada de la imputación o prisión indebida. Estos daños los ha cuantificado la demanda en 39.500 en concepto de salarios impagados, y en 60.000 el daño moral y psicológico atendiendo analógicamente a las estipulaciones del baremo de indemnización de daños personales causados con motivo de la circulación de vehículos a motor.

El Tribunal Europeo de los Derechos Humanos tendrá que pronunciarse ahora sobre la admisión o no de la demanda de Raquel Gago, que considera que la Justicia española ha vulnerado sus derechos y libertades fundamentales que espera ver resarcidos en este tribunal internacional.
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