Para el fiscal –según explica en sus conclusiones provisionales previas al juicio, que está fijado para las 9:30 horas– López se valió de su condición de alcalde para realizar la operación por la que ahora se sienta en el banquillo. Conocía «la prohibición de contratar» y aún así, incide, otorgó un poder notarial el 23 de noviembre de 2017 a favor de su mujer para actuar en representación de la mercantil Veterinaria Bierzoo de la que él era administrador único y socio profesional «con el fin de participar y conseguir la parcela 97 del polígono». Así, en su escrito Fiscalía incide en que su «obligación» era «abstenerse», pero el acusado «participó» en el expediente administrativo para la adjudicación «prescindiendo del procedimiento legalmente establecido» y, además, «omitiendo trámites esenciales que sin embargo no eran omitidos en otros expedientes similares, contraviniendo abiertamente la legalidad vigente para obtener un beneficio particular e interesado». Del mismo modo, subraya que la mercantil llegó a cobrar una subvención por importe de 53.819 euros.
Diversas «irregularidades»
Por todo ello, el fiscal considera que se cometieron varias «irregularidades». En primer lugar, «no se realizaron ni propuesta ni oferta pública». Tampoco «informes y trámites tales como la valoración técnica del bien que acreditara su justo precio». No constaba «certificación del secretario municipal de que el bien al que se refiere el expediente era titularidad municipal y estaba inscrito en el registro de la propiedad, así como en el inventario de bienes de la entidad local, con la calificación jurídica de patrimonial». Además, tampoco constaba «ni informe técnico acreditativo de que el bien objeto de enajenación no formaba parte del patrimonio público de suelo del municipio conforme a la normativa del suelo aplicable, ni certificación de intervención». Del mismo modo, remarca que el informe previo del secretario sobre la legislación aplicable se realizó en base a una legislación que no estaba vigente en el momento de tramitarse el expediente y «tampoco se publicó la convocatoria del procedimiento el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ni en otro diario oficial».Teniendo esto en cuenta, la Fiscalía subraya que la adjudicación de la parcela a favor de la empresa del alcalde «supuso un flagrante incumplimiento de la normativa administrativa» y que con ello incurrió en un delito de negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios públicos y gestión interesada en concurso con otro delito de prevaricación por los que debería imponérsele la pena de diez meses de prisión, una multa de quince meses con una cuota diaria de diez euros y la inhabilitación especial para empleo o cargo público durante un periodo de 14 años. La denuncia fue formulada por el concejal socialista Antonio Puerto González.