Tres magistrados decidirán este jueves si Gago ingresa o no en prisión

El magistrado Carlos Álvarez, juez encargado del caso, presidirá el tribunal que decidirá sobre la privación de libertad de la acusada hasta que se resuelvan los recursos

Ical
24/02/2016
 Actualizado a 18/09/2019
Raquel Gago tras la lectura del veredicto que la reclamaba culpable. | POOL EFE (J. CASARES)
Raquel Gago tras la lectura del veredicto que la reclamaba culpable. | POOL EFE (J. CASARES)
El magistrado Carlos Álvarez presidirá este jueves la vista señalada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León para resolver la petición de fiscalía y acusaciones sobre el ingreso en prisión de Raquel Gago, conforme al artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Al tratarse de una petición sobre medidas cautelares y para mayor garantía es la Sala (el tribunal colegiado que la conforma, con Álvarez como el más veterano y otros dos magistrados) la que escuchará a las partes y tomará una decisión, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Se considera que sobre aquellas cuestiones de la Ley del Jurado no indica expresamente que sean resueltas por el magistrado -presidente del tribunal que juzga un caso, puede ser la Sala la que adopte la resolución correspondiente.

La vista, en audiencia pública, tendrá lugar a las diez de la mañana en la sala de vistas número 1 de la Audiencia y a la misma deberán acudir las acusaciones y Raquel Gago con su abogado. La decisión al respecto se dará a conocer con posterioridad.

Cabe recordar que el abogado que representa a Raquel Gago, Fermín Guerrero, anunció tras la lectura del veredicto el pasado sábado que presentará recurso y planteó para su defendida una pena de ocho años por el delito de asesinato en concurso con el de atentado y dos más por la tenencia ilícita de armas. Al contrario que las acusaciones, considera que sí procede aplicar a su clienta la suspensión de la condena mientras se resuelven dichos recursos “porque ha demostrado que no hay riesgo de fuga y de destrucción de pruebas y hay circunstancias suficientes que avalan esa petición”.
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