Raquel Gago estaba esperando para recoger el arma homicida y esconderla

Conocía el plan, pero no realizó seguimientos a Isabel Carrasco ni era imprescindible para la ejecución del crimen

I.H.
20/02/2016
 Actualizado a 03/09/2019
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Podían condenarla como cooperadora necesaria del crimen, cómplice o encubridora, y el jurado popular decidió que Raquel Gago estuviera al mismo nivel que las otras dos acusadas, aunque reconociendo que su papel no fue imprescindible para la ejecución del crimen.

Con siete votos en contra de los nueve a emitir en la mayoría de las cuestiones objeto de veredicto, se dio por probado que Gago conocía los propósitos homicidas de las otras dos acusadas y aceptó formar parte del plan urdido. No creen que hubiera por su parte seguimientos a la víctima, pero sí entienden que la tarde del 12 de mayo de 2014, Raquel acudió a tomar café a casa de Triana con ella y con su madre para concretar los detalles finales del plan antes de aparcar en Lucas de Tuy para esperar la llamada de Triana que querría comprobar que estaba preparada para que se encontraran. Según el jurado, en el juicio ha quedado probado que Raquel Gago abrió su coche de forma consciente y sabía, y aceptó, que su amiga dejara el bolso con el arma homicida con el fin de que ella lo ocultara.

El fiscal pide para Gago doce años de prisión como cómplice de asesinato y tres por tenencia ilícita de armas Además, creen que Raquel mantuvo oculta el arma en su poder, sin comunicar a nadie sus encuentros previos con las acusadas, y la entregó para alejar de sí toda sospecha.

La participación de Raquel Gago en el crimen era la que más incógnita presentaba en este caso, sin embargo el jurado popular decidía declararla, como a las otras dos, culpable de un delito de asesinato, otro de atentado y otro de tenencia ilícita de armas. Eso sí, en su caso estaría de acuerdo con que se solicitara el indulto total de su condena, no así la suspensión de la misma.

Su abogado defensor avanzó que recurrirá la sentencia y pedía un máximo de ocho años para su defendida por el asesinato y el atentado, y dos por la tenencia ilícita de armas.
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