Actualmente, aquellos extranjeros que están en situación irregular en nuestro país podrían obtener la residencia temporal a través del arraigo socioformativo. Se trata de una nueva regulación, aprobada recientemente en el Reglamento de Extranjería, que sustituye al “arraigo por formación” y, aunque persigue el mismo objetivo, es una medida más flexible que ofrece otras garantías.
Debido a los constantes cambios en la legislación, es necesario conocer los nuevos requisitos antes de realizar la solicitud. Por dicha razón, contar con el asesoramiento de un abogado especializado en este campo puede ayudar a que el migrante tenga una buena orientación y logre sus objetivos.
¿En qué consiste el arraigo socioformativo?
El arraigo socioformativo es un procedimiento administrativo que permite obtener la residencia temporal a aquellas personas extranjeras en situación irregular en España. La normativa que regula esta figura jurídica es la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Esta ley establece los principios generales y los requisitos básicos para obtener esta autorización se concede a aquellos que se comprometen a realizar estudios para integrarse en el mercado laboral. Además, el solicitante tendrá que demostrar que ha vivido en España durante dos años de forma continuada. Por lo tanto, esta figura facilita tanto la integración formativa como social desde el primer momento.
¿Cuáles son los principales requisitos para solicitar el arraigo socioformativo?
Esta reciente figura tiene un enfoque más amplio y ofrece algunas diferencias con la modalidad anterior. Por ejemplo, la residencia se puede obtener a partir de los dos años, mientras que antes se exigía un mínimo de tres años. Además, la variedad de programas formativos es más amplia y se puede compatibilizar con el trabajo.
- Residencia continuada en España. El solicitante tiene que demostrar con un certificado de empadronamiento o contrato de alquiler que ha residido de forma continuada en España durante un periodo de dos años.
- Formación. Tienen que estar matriculados o comprometerse a matricularse en un centro homologado a tiempo parcial. Los estudios pueden ser presenciales o semipresenciales, siempre que al menos el 50 % de las clases se impartan de forma presencial.
- Medios económicos. También deberá acreditar que cuenta con los suficientes medios económicos para mantenerse durante su estancia en el país.
- No tener antecedentes penales. Deberá demostrar que no tiene antecedentes penales en los últimos cinco años. Para ello, deberá presentar el certificado de antecedentes penales expedido por el Ministerio de Justicia, además del certificado de los países en los que haya residido en este periodo de tiempo.
- Informe de integración social. Esta persona deberá aportar un informe favorable de integración social emitido por los órganos autorizados de la comunidad autónoma donde resida.
Estos son los aspectos más importantes a la hora de solicitar el arraigo socioformativo, pero si quieres ampliar más datos, consulta la Guía Migración. Este portal ofrece información de gran interés para aquellos extranjeros que deseen regular la residencia en España y, además, cuenta con un directorio con abogados especializados en esta materia. El asesoramiento legal puede ser de gran ayuda para guiar en este trámite.