La Dirección General de Tributos ha emitido el informe vinculante, sobre la sujeción o no sujeción al IVA de la trasmisión de la totalidad del activo de la sociedad mercantil Pongesur SA, a favor del Ayuntamiento, por su disolución en el que aclara que “la trasmisión que se va a producir como consecuencia de la disolución de la entidad mercantil Pongesur SA, no constituye una trasmisión de empresa, en los términos que regula la Ley del IVA, al carecer Pongesur de personal propio”. Y por otro lado, que no todo el activo trasmitido está sujeto al IVA “estando exentos los terrenos que no alcanzan la condición de solar, por estar pendientes de cumplir y ejecutar las cargas de urbanización”, explican desde el Consistorio.
Analizada la consulta, y en los términos descritos, estarían sujetos a IVA, la trasmisión de seis parcelas. En base al valor de mercado de las mismas se generaría un IVA en torno a los 800.000euros.
El impuesto sería repercutido por Pongesur, sociedad mercantil a extinguir, asumiendo el Ayuntamiento la actividad económica delegada y el patrimonio vinculado a la misma, para atribuirla a una unidad funcional legalmente configurada llamada Patrimonio Municipal de Suelo, independiente y autónoma de la actividad administrativa ordinaria.
En esta operación de trasmisión, el Ayuntamiento solicitará la devolución anticipada del IVA soportado y repercutido por la sociedad, recuperando en su totalidad la cantidad repercutida, con el correspondiente efecto neutro del impuesto. De ese modo, el Ayuntamiento recuperará la totalidad del IVA abonado y repercutido por Pongesurque está en torno a en torno a 800.000 euros.
Unidad Social de Electores, USE Bierzo, sin embargo, asegura que la disolución de Pongesur abre la puerta a "Pongesur II" . Considera que solo se está dando un cambio de nombre por el de Patrimonio Municipal de Suelo. "El problema estriba en que Olegario Ramón parece empeñado en disfrazar el coste de lo que será la creación de Pongesur II", dice.
Ponferrada recupera el IVA que soportó Pongesur, en torno a 800.000 euros
La disolución de la gestora del suelo no supondrá perjuicios económicos en el pago de este impuesto, según el informe emitido por la Dirección General de Tributos
11/12/2020
Actualizado a
11/12/2020

Lo más leído