Piden dos años de prisión para la secretaria del IES Fuentesnuevas que sisó más de 150.000 euros en 5 años

Falseaba pagos del centro para hacerse con importes que llegaron a superar los 30.000 euros al año, aunque ha comenzado a devolver lo percibido y eso rebaja la pena

01/02/2024
 Actualizado a 02/02/2024
 Fachada del IES Fuentesnuevas.
Fachada del IES Fuentesnuevas.

Fiscalía solicita dos años de prisión y seis de inhabilitación absoluta para obtener honores, empleos y cargos públicos para la funcionaria del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, que fue secretaria en el IES Fuentesnuevas desde el 2004 a su cese en 2017, acusada de un delito continuado de malversación de caudales públicos y falsedad contable, al aprovecharse de esta condición para conseguir un beneficio económico.

Según el relato de Fiscalía, durante los años 2012 hasta mayo 2017, EPV, como responsable de la contabilidad la secretaría del centro, efectuó durante los ejercicios 2012 hasta mayo 2017 anotaciones contables que “carecen de documento acreditativo de gasto” por un importe total de 152.218,80 euros.

Para justificar esta actuación, la acusada realizó apuntes contables de gastos ficticios por presunta adquisición de bienes y prestación de servicios, haciendo constar como proveedores una relación de 78 empresas acreedoras cuyo perfil encajaba con los bienes y servicios habitualmente suministrados al centro. Posteriormente, la acusada obtenía el dinero de forma irregular, reflejado en estos gastos ficticios utilizando para ello cheques nominativos a su nombre de la cuenta corriente operativa, titularidad del IES en el que trabajaba, mediante su cobro en ventanilla, haciéndolo suyo.

Este modo de actuación fue empleado por la acusada en un total de 144 ocasiones entre los ejercicios de los años 2012 hasta mayo 2017. Por años, en 2012 lo hizo con un importe de 20.658,20, al año siguiente 22.415,92 euros, una cifra que se fue incrementando cada año –en 2014 fueron  26.167,31 euros, en 2015 alcanzó  31.094,49 euros, en el 2016 fueron  39.288,10 euros y el último año, hasta mayo,  12.594,78 euros-.

La acusada EPV, como secretaria del centro, era también responsable de la gestión e ingreso del dinero en la cuenta bancaria operada por el IES con destino al pago de gastos de transporte. Estas cantidades le fueron entregadas en metálico por los profesores responsables de cada actividad y eran provenientes de los pagos previamente efectuados por los alumnos del Centro Educativo a estos profesores como aportaciones para abono de los servicios de transporte contratados por el centro con motivo de viajes de los alumnos para la realización de excursiones, visitas culturales, actividades deportivas o de ocio. Estas actividades precisan de transporte para el traslado de los alumnos, careciendo de cobertura presupuestaria pues se trata de actividades extraescolares del Centro, por lo que su inclusión y pago a través de la cuenta bancaria del IES solo se justifica previo ingreso del dinero aportado por los mismos.

Consta que durante los ejercicios 2012 hasta mayo 2017 se efectuaron 31 asientos en la cuenta corriente operativa del IES correspondientes a viajes de alumnos sin que, en ninguno de los supuestos, por la acusada se efectuara el correspondiente ingreso que previamente le había sido entregado. La acusada, empleando esta actuación, hizo suya la cantidad de 14.020  euros.

Pero la acusada era, asimismo responsable de la gestión e ingreso del dinero en la caja del IES de las cantidades que le fueron entregadas en metálico por servicio de fotocopias y que eran provenientes de los pagos previamente efectuados por terceros, principalmente los alumnos del Centro Educativo. La prestación de este servicio de fotocopias supone una fuente de ingresos, siendo los conserjes los responsables del servicio, quienes anotaban en un cuadernillo el número de fotocopias realizadas, entregando el dinero recaudado a la acusada, como secretaria del centro, quien, como responsable debía guardarlo en la caja del IES.

La recaudación total por fotocopias registrada por la acusada en el Libro Diario en los ejercicios 2012 hasta el 26 de mayo de 2017 fue de 7.646,15 euros. La recaudación total por fotocopias que realmente fue entregada a EPV por los conserjes en los ejercicios en cuestión fue de 24.185,10 euros. Empleando esta actuación, la acusada hizo suya la cantidad de 16.538,95 euros provenientes de ingresos por el servicio de fotocopias. El total de las cantidades apropiadas por las conductas referidas asciende a 182.777,75 euros. EPV ha ingresado con fecha 12 de julio de 2023 en la cuenta judicial de consignaciones del Juzgado de Instrucción la cantidad de 91.777,75 euros para el resarcimiento parcial del perjuicio económico causado.

El procedimiento ha sido incoado tras denuncia presentada el 29 de noviembre de 2017, apreciándose que la suma de los periodos de paralización sin actividad procesal durante más de tres meses supera ampliamente los dos años de paralización, sin que esta situación sea atribuible a una actuación dilatoria por la acusada.

Los hechos son constitutivos de un delito continuado de malversación de caudales públicos con un delito de falsedad contable. Concurren las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal atenuantes de reparación del daño y de dilación indebida del procedimiento.

Fiscalía pide dos años de prisión con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Seis años de inhabilitación absoluta para obtener honores, empleos y cargos públicos. Además, Fiscalía apunta que la acusada deberá indemnizar a la Junta de Castilla y León en un total de 182.777,75 euros por las cantidades apropiadas, debiendo hacerse entrega a la Junta de Castilla y León de los 91.777,75 euros previamente consignados, restando un total de 91.000 euros para la indemnización del perjuicio económico causado.

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