El TSJCyL confirma los 10 años de cárcel para la acusada en el "caso del pegamento"

La Sala Civil y Penal considera que la mujer utilizó a los agentes y al juez como instrumentos para conseguir la detención y el ingreso en prisión de su ex novio

M.I.
11/12/2020
 Actualizado a 11/12/2020
La mujer fue detenida por la Guardia Civil cuando se desmontó su trama. | ICAL
La mujer fue detenida por la Guardia Civil cuando se desmontó su trama. | ICAL
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, TSJCyL ha confirmado la condena a diez años de prisión para la mujer faberense que simuló ser maltratada por su ex pareja, tras un episodio truculento en el que narró un presunto secuestro por parte de la misma, vejaciones en las que llegó a relatar que se le colocó pegamento en la vagina y una serie de episodios que fueron desmontados.  La sentencia confirma así la dictada por la Audiencia Provincial de León que ya había procedido a la condena de la mujer por simulación de delito y detención ilegal, y a un hombre como cómplice de simulación de delito. 

La Audiencia Provincial impuso a la mujer un total de diez años de prisión y al hombre siete meses de multa. En el caso del cómplice, fue convencido por la víctima para propiciar la trama y el engaño a las autoridades para inculpar a su ex pareja, con la que tenía un hijo.

La mujer recurrió la sentencia de la Audiencia Provincial de León al entender que hubo un error en la apreciación de las pruebas. Según sus aportaciones, más que a su actuación, a la que se atribuyen sin fundamento una serie de complejas maquinaciones que no se corresponden con sus limitadas capacidades y su frágil personalidad, las privaciones de libertad que sufrió su ex pareja fueron fruto del automatismo de la policía al aplicar los protocolos de
violencia de género y de la presión de los medios.

En cambio, la Sala entiende que la condena del tribunal provincial se halla "suficientemente fundada y resulta concluyente" frente a la hipótesis exculpatoria que esgrime la defensa.

Atendiendo al análisis de las pruebas de la sentencia recurrida, se desprende, según el alto tribunal, que la intervención de la acusada en los hechos fue la causa eficiente de las privaciones de libertad acordadas
para su ex pareja.

El TSJCyL considera acreditado que los mensajes intimidatorios recibidos se los remitió ella a sí misma. Además, los testimonios de los efectivos de Guardia Civil que realizaron la reconstrucción de los hechos, junto con los de los
otros testigos y de ambos condenados "dejan fuera de toda duda la falsedad del secuestro preparado por la condenada para conseguir que su ex pareja fuera detenido y encarcelado".

La Sala estima que la mujer planeó una utilización de los agentes actuantes y del juez de instrucción "como instrumentos para actuar conforme a derecho, y acordar la detención y el ingreso en prisión de su ex novio" ante unos hechos que, tal y como fueron presentados por la entonces denunciante, revestían fundados indicios de delito y riesgo para su integridad física.
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