El Juzgado de lo Social número 1 de León ha desestimado la demanda presentada por la empresa portuguesa con sede en Ponferrada Change Steel LDA contra la Subdelegación de Gobierno de León, confirmando la multa impuesta por la contratación irregular de trabajadores extranjeros sin autorización previa de residencia y trabajo.
La resolución, firmada el 27 de febrero de 2026, avala la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS), que el 4 de junio de 2024 detectó a cinco trabajadores brasileños prestando servicios en la empresa Internacional Berciana de Montajes S.L. sin contar con los permisos necesarios. La Subdelegación de Gobierno había impuesto una sanción de 50.005 euros, correspondiente al grado mínimo de infracción muy grave por cada trabajador extracomunitario.
Durante el proceso judicial, la empresa alegó defectos formales y cuestionó la aplicación de la normativa española frente a la europea, argumentando que los trabajadores estaban en situación de desplazamiento transnacional. Sin embargo, el tribunal concluyó que no existía certificado A1 válido que acreditara la cobertura por la legislación portuguesa, por lo que era exigible la autorización española. Además, se desestimaron otras alegaciones sobre presunta vulneración de derechos o sobre la responsabilidad solidaria del contratista principal.
El fallo confirma que la contratación de los cinco trabajadores brasileños sin la correspondiente autorización constituye una infracción muy grave, tal como establece la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, y avala la cuantía de la multa aplicada. La sentencia no es firme y admite recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.