Devuelven a una empresa berciana más de 66.000 euros invertidos en acciones

La sentencia da por probado que el Banco Popular ofrecía una imagen que no era la real en 2016, cuando procedió a la venta de las mismas

M.I.
12/05/2021
 Actualizado a 12/05/2021
La cuantía deberá abonarla el Santander, aunque las acciones contraídas eran del Popular. | D.M.
La cuantía deberá abonarla el Santander, aunque las acciones contraídas eran del Popular. | D.M.
El Juzgado de Primera Instancia Nº 1 de Ponferrada ha dictado sentencia condenatoria contra el Banco Santander al que obliga a indemnizar con la cantidad de 66.218 euros por daños y perjuicios a una empresa berciana “por la adquisición de acciones Banco Popular”, según explica Vallverdú Abogados.

El gabinete de letrados, con Rubén Cueto a la cabeza, asegura que el juez entiende que las cuentas del Banco Popular del año 2016 no reflejaban la imagen de la empresa y que esta situación provenía de años anteriores.
La sentencia esgrime que la compra “estuvo, de forma decisiva, influida por la apariencia de solvencia que el Banco Popular ofrecía a través de los folletos de las sucesivas emisiones, como por las cuentas anuales y las comunicaciones oficiales y publicitarias que ponían a disposición de los inversores”.

La sentencia apunta que “el Banco Popular ofreció una imagen que no se correspondía con la realidad y que distaba de la imagen fiel de la entidad. Y fue esa imagen irreal, propiciada por el Banco Popular la que indujo a la adquisición de las acciones”.

Cueto considera que “ya es un hecho consolidado que el Banco Popular no reflejó su imagen fiel en las cuentas del año 2016 y con más frecuencia se está asentando jurisprudencialmente que la entidad resuelta arrastraba una situación financiera alejada de la realidad al menos desde el año 2012, tal como acreditamos en la práctica de la prueba.”
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