El Comité de Disciplina Deportiva de Lucha Leonesa ya ha hecho pública la resolución del recurso presentado por Esla Rueda, (con la aprobación de Los Leones y Prioro) por estimar que había existido una alineación indebida de una luchadora infantil de San Guillermo que compitió en senior. Se podría decir que ha sido una solución salomónica ya que estima parcialmente la petición de Esla Rueda pero aplica una sanción mínima a San Guillermo, consistente en perder el combate de la luchadora infantil pero manteniendo la victoria de los de Cistierna e incluso el resultado (32-19) pues, aunque la da como perdedora de su combate, no se altera el resultado. El resultado práctico es que San Guillermo de Cistierna luchará la final el próximo día 31.
El resultado práctico es que San Guillermo de Cistierna luchará la final el próximo día 31 frente a Valle del Curueño
El asunto central estaba en el combate de una luchadora infantil en categoría senior; que Esla Rueda consideraba irregular y San Guillermo argumentó que al no haber en esta competición femenina las categorías de cadete y juvenil subir desde infantil solo supone el salto de una categoría, que es lo que permite la norma. El Comité de Disciplina entiende que “la participación de la luchadora en categoría sénior femenina no se encontraba reglamentariamente habilitada de forma expresa, concurriendo alineación indebida” pero también atiende las alegaciones de San Guillermo. Decide por ello: “Anular exclusivamente los dos puntos obtenidos derivados de dicha participación individual, sumándose estos dos puntos a la luchadora del equipo contrario (Esla-Rueda/Prioro/Los Leones) manteniéndose el resultado general del encuentro al no verse alterado materialmente el desenlace deportivo del mismo. Y no imponer sanción adicional al Club Deportivo San Guillermo al apreciarse ausencia de fraude, existencia de interpretación razonable del reglamento y concurrencia de circunstancias excepcionales derivadas de la configuración de la competición femenina”.
"No imponer sanción adicional a San Guillermo al apreciarse ausencia de fraude, existencia de interpretación razonable del reglamento y concurrencia de circunstancias excepcionales
Y es que en este salto de infantil a senior, aunque fuera realmente de una categoría, aprecia el Comité que “San Guillermo realizó una interpretación razonable, aunque incorrecta, derivada de la propia configuración de la competición femenina”, teniendo siempre en cuenta la ausencia de mala fe o interés de fraude. Incluso aconseja a los organismos competentes corregir esta situación de cara al futuro. “Debe reconocerse que la configuración actual de la competición femenina puede generar situaciones interpretativas complejas que aconsejan una futura revisión reglamentaria por los órganos federativos competentes