El TSJCyL rebaja la condena a un hombre en León por delitos contra la libertad sexual

Hay tres víctimas que presentan incapacidad intelectual, al igual que el agresor

27/02/2024
 Actualizado a 27/02/2024
Imagen de archivo del TSJCyL. | ICAL
Imagen de archivo del TSJCyL. | ICAL

La Sala de lo Civil y Penal de este Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha rebajado la pena impuesta el pasado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de León a un hombre al que condenó por varios delitos contra la libertad sexual cometidos hacia tres víctimas diferentes; todas ellas personas con incapacidad intelectual reconocida, al igual que el agresor.

El dictamen recurrido y estimado en parte por el TSJCyL establecía penas de prisión que sumaban 15 años, con un máximo de cumplimiento efectivo de la condena de no más de nueve y una indemnización de 8.000 euros para cada una de las víctimas, y la condena de cárcel se rebaja ahora a 12 años.

Se mantienen el resto de las penas impuestas, como la inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo durante el tiempo de las condenas y las prohibiciones de aproximación y comunicación con respecto a las víctimas. Igualmente se aplicarán las medidas de libertad vigilada, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad.

En todos los delitos se aplicó la circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño del artículo 21.5 del Código Penal y las atenuantes simples de alteración psíquica y confesión tardía de los artículos 21.1 y 21.4 cuatro del mismo cuerpo legal. Contra el pronunciamiento del tribunal puede presentarse un recurso de casación.

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