El TSJCyL confirma la absolución a un hostelero leonés acusado de delitos contra la Seguridad Social

No se considera probado el ánimo defraudatorio

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19/10/2026
 Actualizado a 19/10/2026
Imagen de archivo del TSJCyL. | ICAL
Imagen de archivo del TSJCyL. | ICAL

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la absolución de un hostelero leonés acusado de delitos contra la Seguridad Social y de frustración de la ejecución, desestimando así el recurso presentado por la Tesorería General de la Seguridad Social y respaldado por el Ministerio Fiscal.

La acusación atribuyó a este individuo el impago prolongado de cuotas por tres sociedades del sector hostelero de las que era administrador y como trabajador autónomo, con sendas deudas que superaron los 285.000 euros. El Tribunal concluye en su dictamen que aunque quedó acreditado el impago de cuotas por parte de varias sociedades administradas por el acusado y la existencia de importantes deudas con la Seguridad Social, no se logró probar la existencia del ánimo defraudatorio exigido para una condena penal. Asimismo, la Sala considera que la venta de una plaza de garaje realizada por una de las mercantiles no tuvo como finalidad ocultar bienes ni impedir el cobro de las deudas.

De esta forma, la sentencia absuelve al sujeto encausado de los delitos de fraude a la Seguridad Social y alzamiento de bienes, ratificando la valoración probatoria y principios constitucionales. La Sala destaca que en recursos contra sentencias absolutorias solo se admite revisión jurídica, no valoración de pruebas, manteniendo la presunción de inocencia y garantizando derechos fundamentales.

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