El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado la sentencia de la Audiencia Provincial de León que absolvió a un hombre de los delitos de falsedad en documento oficial y estafa y ha ordenado repetir el juicio.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL, con sede en Burgos, ha estimado el recurso de la acusación particular y ha ordenado la repetición del juicio oral ante un nuevo tribunal compuesto por diferentes magistrados al apreciar un "déficit de motivación" y una omisión en la valoración de pruebas relevantes.
El alto tribunal autonómico, según una información de su Gabinete de Prensa recogido por Europa Press, considera "irracional" la conclusión de la sentencia de instancia, que dio por válida la relación laboral del acusado como director gerente pese a que los estatutos de la sociedad Biovegamasa SLU establecían la gratuidad del cargo de administrador.
El procesado, que ejercía como administrador solidario, habría suscrito un contrato consigo mismo con un sueldo de 75.000 euros anuales y una cláusula de blindaje de 350.000 euros, suplantando presuntamente la firma del otro administrador.
La sentencia de apelación apunta que la Audiencia de León erró al considerar que no hubo lesión jurídica, ya que el documento falso modificó sustancialmente el estatus del acusado en la empresa. Según el tribunal, la creación del puesto de director gerente no fue autorizada por la Junta General ni por el Patronato de la Fundación propietaria, que desconocían que el acusado estuviera percibiendo salarios y derivando fondos a su propio despacho profesional.
Asimismo, el TSJCyL destaca que la resolución impugnada omitió valorar pruebas de cargo fundamentales, como el testimonio del cofundador de la entidad, quien negó haber autorizado el contrato del procesado. También se ha señalado la falta de racionalidad al no considerar relevante que el pago de las retribuciones se realizara mediante cheques, un método que dificulta la trazabilidad y que no es habitual en el tráfico mercantil ordinario.
Por ello, la Sala ordena celebrar un nuevo juicio para garantizar la imparcialidad y realizar una ponderación adecuada de todo el material probatorio, incluyendo las contradicciones del acusado sobre la supuesta necesidad del contrato para obtener subvenciones. La nulidad de la sentencia absolutoria implica que las actuaciones deben retroaerse al momento anterior al juicio oral para que se dicte una resolución que respete las exigencias de motivación fáctica y lógica jurídica.