El alcalde hatomado esta decisión debido a que se encuentra en tramitación la reforma de la Ley del Catastro Inmobiliario que establecerá qué tipo de valor hay que fijar para ese suelo y en base al mismo cobrar este impuesto. Dicha sentencia, dictada hace casi un año, indica que los bienes situados en suelos urbanizables sólo pueden valorarse catastralmente como suelos urbanos si disponen de un planeamiento de desarrollo que contenga su ordenación detallada (plan parcial o equivalente).
Dicha sentencia no tendría efectos jurídicos directos sobre situaciones particulares ni produce la anulación de las ponencias de valores aprobadas a la fecha del fallo No obstante, dicha sentencia no tendría efectos jurídicos directos sobre situaciones particulares ni produce la anulación de las ponencias de valores aprobadas a la fecha del fallo ni respecto de los valores catastrales de los bienes inmuebles calculados en su aplicación, que por no haber sido impugnados en su momento han adquirido firmeza, explican desde el Ayuntamiento.
Sin embargo, será la modificación de la Ley de Catastro Inmobiliario, a petición de la Federación Española de Municipios y Provincias, la que contemple la modificación de dichos valores, algo para lo que sólo tiene competencias esta administración. El nuevo marco normativo se encuentra en pleno debate y se aprobará próximamente aunque no tendrá carácter retroactivo, es decir, dicha modificación no afectará al IBI de años anteriores. En San Andrés, el PGOU que aprobó el PSOE recalificó cinco millones de metros cuadrados que, cinco años después, siguen sin desarrollarse y sin tener servicios. En la actualidad hay un total de 1.764 fincas urbanizables que suponen una recaudación cercana a los 300.000 euros.
"Sangría para los bolsillos de los ciudadanos"
Gregorio Chamorro, destacó la importancia que esta cuestión tiene en un municipio en el que el PGOU ha sido una "autentica sangría" para los bolsillos de los ciudadanos que vieron como se convertían en urbanos suelos que no desarrollarán en décadas. El alcalde recordó que desde hace cuatro años "hemos intentado revertir esta situación pero es muy complicada desde el punto de vista administrativo". Modificar un Plan General de Ordenación Urbana requiere de años de trámites, añadió. Por eso, y hasta que el Catastro establezca qué valores tendrán estos suelos "los ciudadanos afectados no tendrán que pagar el IBI de estos suelos".
El alcalde recordó que el pasado mes de septiembre ya solicitó a Catastro que modificara el valor de las fincas afectadas por la sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, de fecha 30 de mayo de 2014, sobre calificación catastral del suelo urbanizable sin instrumento urbanístico de desarrollo, a efectos del IBI.