Ponferrada dicta la primera sentencia que condena al Sabadell a pagar participativas

Los juzgados dan la razón al cliente de la extinta CAM, ahora sucedida por el Banco Sabadell y le obligan a devolverle los 3.000 euros que invirtió

Mar Iglesias
19/07/2016
 Actualizado a 11/09/2019
Fachada de los Juzgados de Ponferrada.| L.N.C.
Fachada de los Juzgados de Ponferrada.| L.N.C.
La sentencia dictada el pasado día 13 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Ponferrada estima íntegramente la demanda efectuada por un cliente de la Caja de Ahorros del Mediterraneo, CAM, que invirtió en cuotas de participación emitidas por esta entidad.

Aunque esa entidad crediticia desapareció con posterioridad y pasó a formar parte del Banco Sabadell, el juzgado considera que es este quien debe responder a la demanda, devolviendo la inversión que efectuó el cliente en su momento, y que sumaba 3.000 euros. A ellos se unen las costas del juicio, que también deberá pagar el Banco Sabadell, como comprador de la extinta Caja de Ahorros.

La sentencia anula la orden de compra de cuotas participativas emitidas por la CAM, como el cliente quiso hacer patente personándose en la entidad, sin encontrar respuesta. Este tipo de acciones son, según el letrado que ha llevado el caso, Marco Antonio Morala, "activos financieros o valores negociables que pueden emitir las cajas de ahorros. La emisión de estas cuotas permite a estas entidades, reforzar sus balances y captar capital", explica el letrado, que se congratula de la respuesta judicial a su cliente.

En julio de 2008, la CAM se convirtió en la primera caja de ahorros en emitir estas cuotas participativas, que vendieron entre sus clientes e incluso a sus empleados. Después, en 2011, la firma fue intervenida y adjudicada al Banco Sabadell.
La sentencia de los juzgados de Ponferrada es firme.
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