Le piden ocho años y medio de prisión por abusar sexualmente de su sobrina menor

El hombre, en prisión desde agosto de 2022, se enfrenta a un delito continuado de agresión sexual y a otro de utilización de menores de 16 años con fines pornográficos

17/09/2023
 Actualizado a 17/09/2023
El juicio se celebrará en la Audiencia Provincial de León este martes, 19 de septiembre, a partir de las 13 horas. | DANIEL MARTÍN
El juicio se celebrará en la Audiencia Provincial de León este martes, 19 de septiembre, a partir de las 13 horas. | DANIEL MARTÍN

Un delito continuado de agresión sexual a menores de 16 años y otro de utilización de menores con fines pornográficos sentarán en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de León este martes, 19 de septiembre (a partir de las 13:00 horas), a un hombre para el que el fiscal pide una pena de ocho años, seis meses y un día de cárcel. Este juicio estuvo inicialmente programado para el pasado 20 de junio, a las 12 horas.

En su escrito de acusación la Fiscalía señala que el procesado, en situación irregular en España, donde reside desde 2019, convivía con su madre en Ponferrada y esto le permitió entrar en contacto con su sobrina, menor de edad e hija de su hermano. La relación entre ambos, según se indica, se desarrolló con normalidad entre el año 2019 y el verano de 2021, cuando la menor se trasladó a vivir con su familia a Francia por motivos laborales de su padre. Entre el verano de 2021 y las navidades de ese año ambos mantuvieron «abundante conversación» por medio de aplicaciones de mensajería instantánea y durante estas charlas el acusado propuso a la menor «avanzar en su relación y hacerla más íntima». Esto se materializó en Navidad, cuando la menor pasó sus vacaciones en Ponferrada en compañía de su padre y del resto de su familia. Fue entonces cuando el acusado y la menor comenzaron a mantener «relaciones sexuales», señala el fiscal, «en forma de tocamientos mutuos de sus zonas genitales» y «sexo oral recíproco». Esto ocurrió mientras el resto de la familia dormía, momento en el que la joven «aprovechaba para introducirse en la habitación del acusado» y, una vez que la menor regresó a Francia tras las navidades, los mensajes entre ambos «se intensificaron» y comenzaron a intercambiarse fotografías en las que enseñaban «sus partes íntimas de forma explícita con fines sexuales o lascivos».

La menor volvió ese verano a pasar sus vacaciones y el contacto físico entre ambos se retomó. La noche del 15 al 16 de julio de 2022, «aprovechando que el resto e la familia se encontraba descansando», tal y como expone el fiscal, la menor accedió a las peticiones del acusado, se introdujo en su habitación y ambos mantuvieron «relaciones sexuales completas por vía vaginal» y esto volvió a ocurrir el fin de semana del 29 al 30 de julio, «la siguiente ocasión en la que la menor se quedó a dormir en casa de su abuela». Ya el 6 de agosto, hacia las 20:00 horas, el acusado y la menor fueron juntos a casa a cambiarse de ropa para salir a cenar con el resto de la familia y, cuando iban a tener sexo fueron sorprendidos por la cuñada del acusado, que se lo contó al padre de la menor, que decidió denunciar los hechos.

La Fiscalía subraya en su escrito que «todas las actividades sexuales» mantenidas entre ambos se llevaron a cabo «de forma voluntaria» por parte de la menor, que quería «complacer» a su tío, que ingresó en prisión como consecuencia de estos hechos el 7 de agosto de 2022 y continúa encarcelado. El acusado, antes de la celebración del juicio oral, ha abonado 7.000 euros para resarcir a la familia de la menor, «dándose los representantes legales de la menor por satisfechos con dicha cantidad económica».

No obstante, el fiscal estima que los hechos constituyen un delito continuado de agresiones sexuales a menor de 16 años y otro de utilización de menores con fines pornográficos «por hacer participar a la menor en la exhibición de sus zonas íntimas y su posterior envío por mensajería instantánea electrónica al acusado. Por ellos pide para él la pena de ocho años, seis meses y un día de cárcel a razón de seis por el primero de los delitos y dos años, seis meses y un día por el segundo. Considera también que debe ser inhabilitado de forma «absoluta» por un tiempo de diez años y «especial» por otros seis, así como que se le imponga la prohibición de aproximarse o residir a una distancia inferior a 300 metros de la víctima, así como comunicarse por cualquier medio con ella por un periodo de 22 años. A todo ello añade el abono de las costas del procedimiento.

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