Le piden ocho años y medio de cárcel por agredir sexualmente a su sobrina menor

El juicio, que fue aplazado hasta en dos ocasiones este año, se celebra este miércoles en la Audiencia. El acusado está en prisión desde agosto de 2022

22/11/2023
 Actualizado a 22/11/2023
Los hechos que se juzgan empezaron durante el verano de 2021. | ICAL
Los hechos que se juzgan empezaron durante el verano de 2021. | ICAL

Un delito continuado de agresión sexual hacia una menor de 16 años y otro de utilización de una menor con fines pornográficos sentará en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de León a un hombre este miércoles, 22 de noviembre, a partir de las 13:00 horas. El fiscal pide para él una pena de ocho años, seis meses y un día de cárcel a razón de seis años por el primero de los delitos y dos años, seis meses y un día por el segundo. El juicio ha sido aplazado ya en diversas ocasiones, ya que estuvo fijado para el 20 de junio y para el 19 de septiembre, pero no llegó a celebrarse en ninguno de los dos casos. El procesado –mayor de edad y sin antecedentes penales– se encontraba en situación irregular en España y residía desde 2019 con su madre en Ponferrada. Tal y como explica el fiscal en su escrito de acusación, fue esta convivencia con su progenitora la que le permitió entrar en contacto con su sobrina, hija de su hermano y menor de edad. La relación entre ambos se desarrolló con normalidad entre 2019 y el verano de 2021, cuando la menor se trasladó a vivir a Francia con su familia por motivos laborales de su padre, y fue a partir de entonces cuando el vínculo entre ambos se fue estrechando.

La Fiscalía explica que entre el verano de 2021 y las navidades de ese año el acusado mantuvo «abundante conversación con la menor» a través de aplicaciones de mensajería instantánea. En sus conversaciones le proponía a la joven «avanzar en su relación y hacerla más íntima», algo que se materializó en Navidad, cuando la chica regresó a Ponferrada para pasar las vacaciones con su padre y el resto de la familia. En ese momento comenzaron a «tener relaciones sexuales», dice el fiscal, «en forma de tocamientos mutuos de sus zonas genitales» y «sexo oral recíproco». Estos encuentros entre ambos tenían lugar en los momentos en los que el resto de la familia dormía y que «la menor aprovechaba para introducirse en la habitación del acusado». 

Una vez terminadas las vacaciones y tras el regreso de la menor a Francia, la actividad de mensajería entre ambos «se intensificó» y empezaron también a intercambiar fotografías en las que ambos enseñaban sus «partes íntimas de forma explícita con fines sexuales o lascivos», tal y como se recoge en el escrito de Fiscalía. En verano la menor regresó de vacaciones y volvieron a retomar el contacto físico utilizando para ello el domicilio de la abuela paterna de la menor y madre del acusado. En la noche del 15 al 16 de julio de 2022, mientras la familia dormía, el fiscal señala que la menor entró en la habitación del acusado y mantuvieron «relaciones sexuales completas por vía vaginal» utilizando preservativo. El fin de semana del 29 al 30 de julio volvió a ocurrir lo mismo y el 6 de agosto, hacia las 20 horas, el acusado y la menor se dirigieron a la casa con la excusa de cambiarse de ropa para salir a cenar con el resto de la familia. Allí fueron sorprendidos teniendo sexo por la cuñada del acusado, que poco tiempo después puso los hechos en conocimiento del padre de la menor, que hizo la denuncia.

La Fiscalía hace constar en su escrito que todas las actividades sexuales en las que participó la menor lo hizo «de forma voluntaria» y «con ánimo de complacer» a su tío, que ingresó en prisión por estos hechos el 7 de agosto de 2022 y que permanece privado de libertad desde entonces. Añade también que el acusado ha abonado 7.000 euros «para resarcir» a la familia de la menor y que los representantes legales de la menor se consideran «satisfechos» con esta cantidad. 

Pese a ello y teniendo en cuenta lo relatado, la Fiscalía considera que el hombre cometió un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años por el acto sexual de diciembre de 2021 y los tres de julio y agosto de 2022 y otro de utilización de menores de 16 años con fines pornográficos «por hacer participar a la menor en la exhibición de sus zonas íntimas y su posterior envío por mensajería instantánea electrónica al acusado». Estima, por su parte, que concurre la «circunstancia atenuante muy cualificada de reparación del daño» por la indemnización entregada a la familia con anterioridad al juicio, pero aún así, pide para el acusado una pena de ocho años y medio de cárcel.  Por el primero de los delitos considera que procede imponerle una condena de seis años de prisión e inhabilitación absoluta por un periodo de diez años, así como la prohibición también de aproximarse o residir a una distancia inferior a 300 metros de la víctima o de comunicarse con ella por cualquier medio durante 15 años. Mientras, por el segundo de los delitos pide para él una pena de dos años, seis meses y un día de prisión, así como su inhabilitación especial durante seis años, la prohibición de aproximarse o residir a una distancia inferior a 300 metros de la joven y de comunicarse por cualquier medio con ella o con cualquiera de sus familiares o amigos en siete años, a lo que añade las costas derivadas del procedimiento.

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