El BOCyL publica hoy LEY 3/2025, de 22 de diciembre, de medidas extraordinarias para impulsar la provisión estable y permanente de puestos sanitarios de difícil cobertura y garantizar la asistencia sanitaria en el Servicio de Salud de Castilla y León. La normativa entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOCyL.
La nueva normativa establece los criterios para identificar los puestos sanitarios de difícil cobertura en los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León; el procedimiento para su declaración; las medidas extraordinarias de incentivación, económicas y no económicas, así como la regulación del procedimiento extraordinario y transitorio de acceso a los puestos declarados de difícil cobertura.
Asimismo, esta ley tiene por objeto establecer los mecanismos necesarios para “garantizar la atención ordinaria y continuada en los centros, servicios o unidades asistenciales con escasez de profesionales sanitarios de manera estructural o coyuntural respecto de determinadas prestaciones asistenciales”.
En concreto, se marca como retos conseguir la atracción y retención de forma continuada y estable de aquellos profesionales sanitarios necesarios para cubrir los puestos que permanecen vacantes de manera estructural.
Asimismo, pretende garantizar la realización de la actividad asistencial que, de manera coyuntural, no pueda ser atendida por el personal sanitario fijo o temporal del centro de que se trate, o bien aquellas que por su nivel de especialización requieran de profesionales especializados de los que no disponga el centro.
Otro objetivo recogido es facilitar la implantación de un servicio nuevo que precise de la captación de profesionales con nivel de especialización, informa Ical.
La ley será de aplicación a los centros e instituciones sanitarias del Servicio de Salud de Castilla y León y al personal estatutario sanitario licenciado con título de especialista en ciencias de la salud, así como al diplomado sanitario con título de especialista en ciencias de la salud y diplomado de enfermería.
El texto normativo indica que se establecerán medidas de incentivación, que serán de aplicación mientras sea efectiva la correspondiente declaración de difícil cobertura de los puestos, e incluyen el complemento de garantía asistencial, el reconocimiento de los servicios prestados para la carrera profesional, la valoración de la experiencia profesional en los procedimientos de selección y bolsas de empleo temporal, y la flexibilización de jornada y horarios.