Constituyen una especie de ‘segunda oportunidad’ para el condenado. Las medidas alternativas al ingreso penitenciario pretenden evitar los efectos desocializadores que implican las penas privativas de libertad y hacer, de alguna manera, que la persona condenada puede reparar el daño causado a la sociedad desde la misma. En la provincia de León, durante el pasado año 2016, se dictaron 905 condenas que eludían el ingreso en prisión para el procesado a través de Trabajos en Beneficio de la Comunidad (TBC), sustitución de penas o suspensión de las mismas. Así se recoge en la Estadística de Penas y Medidas Alternativas a la Prisión del Instituto Nacional de Estadística (INE), que refleja los mandamientos recibidos por el Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, que en la provincia de León fueron 905.
De ellas, 670 fueron condenas a Trabajos en Beneficio de la Comunidad, 346 por delitos contra la seguridad vial, 220 por asuntos de violencia de género, 51 por delitos de faltas y lesiones, 32 por delitos contra el patrimonio y 21 por otros delitos y faltas. Un total de 134 fueron resultado de sustituir una pena de prisión por TBC. En este caso, la mayoría, 44, fueron por delitos y faltas de lesiones; 42 por delitos contra el patrimonio; 29 por otros delitos y faltas; 11 por delitos contra la seguridad vial, y 8 por casos de violencia de género. Además, otros 28 derivaron de la suspensión de una condena a cambio de TBC.
Otras medidas alternativas a la entrada en el centro penitenciario son la sustitución de condenas por la participación de programas. De esta clase se dieron tres casos en León en 2016, dos por delitos de violencia de género y una por un delito de faltas y lesiones. El catálogo de programas de intervención incluye, por ejemplo, programas de violencia de género, de drogodependencias, de alcoholismo, de salud mental, de seguridad vial... entre muchos otros.
Más numerosas, con un total de 70, fueron las suspensiones de condena por el pago de una multa o el cumplimiento de una serie de requisitos (como la prohibición de ausentarse del lugar de residencia o las comparecencias personales). En este sentido se suspendieron 52 condenas por delitos de violencia de género, seis por delitos contra el patrimonio, tres por delitos contra la seguridad vial, dos por delitos y faltas de lesiones y otras siete por otro tipo de delitos y faltas.
Cabe explicar que los jueces pueden dejar en suspenso la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a dos años. El plazo de suspensión será de dos a cinco años para las penas privativas de libertad inferiores a dos años, y de tres meses a un año para las penas leves. Serán condiciones necesarias para dejar en suspenso la ejecución de la pena que el condenado haya delinquido por primera vez. La suspensión de la ejecución de la pena quedará siempre condicionada a que la persona no delinca en el plazo fijado por el juez.Los jueces podrán sustituir las penas de prisión que no excedan de dos años por multa o por trabajos en beneficio de la comunidad.
Esta estadística también recoge un total de 931 mandamientos finalizados o archivados en León en el año 2016, esto es el número de personas que cumplieron con las condenas finalizadas por cumplimiento a lo largo del ejercicio y las que quedaron archivadas porque no se respetaron los requisitos impuestos con las consecuencias que ello conlleva.
La Justicia leonesa impuso 670 penas de trabajos comunitarios el año pasado
Se suspendieron 70 condenas y se sustituyeron por programas o multas otras tres
08/05/2017
Actualizado a
19/09/2019

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