Los padres del menor, Rubén, ya conocido por muchos leoneses, tras reclamar en la vía administrativa y judicial estatal y europea con resultado desestimatorio, acudieron al Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas para explicar su caso. Este organismo declaró la vulneración de los derechos reconocidos en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006.
En sus recursos previos, los padres detallaban una «situación sistemática y reiterada en el tiempo sufrida por el menor por razón de su capacidad, al ser una persona con síndrome de Down y por ello con necesidades educativas especiales». Entienden los progenitores que se ha vulnerado su derecho a una educación en igualdad e inclusiva, y denuncian que ha sido víctima de «malos tratos físicos y morales» Tanto los tribunales nacionales como la Fiscalía de la jurisdicción ordinaria, la jurisdicción constitucional y la europea, desestimaron sus pretensiones. Hasta tal punto llegó la situación, que los padres fueron objeto de juicio oral por delito de abandono de familia por su decisión de no llevar a su hijo a un centro de educación especial del que finalmente fueron absueltos tras retirarse la acusación.
Insisten en que la vulneración de los derechos fundamentales del joven se mantiene desde hace 11 años «por no haber adoptado el Estado español las medidas adecuadas y eficaces para evitarlo, así como por no haber dado cumplimiento al dictamen del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 18 de septiembre de 2020».
Los padres planteaban una reclamación por responsabilidad patrimonial al Ministerio de Justicia al que pedían una indemnización de 350.000 euros, más la inclusión del menor en programas de Formación profesional inclusivos, investigar los malos tratos y vejaciones sufridas por el niño, reconocimiento público de la violación de los derechos del menor a una educación inclusiva y a una vida libre de violencia y discriminación, así como la violación de los derechos de sus padres al haber sido acusados penalmente de manera indebida por el delito de abandono del menor y, por último, acordar la publicación del dictamen del Comité de la ONU.
Precisamente, el Comité de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, aprobado el 28 de agosto de 2020, dictaminó que el Estado español «ha incumplido las obligaciones que le incumben». Y recomienda que proporcione «la reparación efectiva, incluido el reembolso de las costas judiciales , junto con una indemnización, tomando en cuenta también los daños emocionales y psicológicos sufridos por los autores como consecuencia del trato recibido y del manejo de su caso por las autoridades competentes». Exige que sea incluido en un programa de formación profesional inclusiva, que se investiguen los malos tratos y que «se depuren responsabilidades».
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