Contra esta providencia presentaban recurso de reforma cuatro de los investigados que pedían además el archivo de la causa, siendo desestimado por el juzgado y, ahora, en el mismo sentido y en apelación, por la Audiencia Provincial.
Dice el auto que el recurso de apelación de no puede ser estimado pues los recurrentes «no pueden encontrar afección o daño para sus derechos en una resolución que pretende hacer efectivo un necesario flujo de información de las partes al órgano judicial, a fin de que éste pueda delimitar la competencia» y añade que los datos solicitados en la providencia recurrida «no plantean a los profesionales del derecho un conflicto de deslealtades» quedando obligados a cooperar con la Administración de Justicia. Y añade antes de concluir la desestimación que «ninguna relación guardan, con el objeto de la providencia recurrida, las extensas alegaciones de la parte apelante acerca de la procedencia del sobreseimiento [...] sin que sea admisible plantear con pretexto de cualquier resolución de mero trámite todo el posicionamiento sustantivo y procesal de una parte».
El abogado de Izquierda Unida, Alberto López, parte personada en la causa como acusación particular, apuntaba en declaraciones a este periódico que este auto implica que, si finalmente la Audiencia resuelve levantar el archivo, la siguiente actividad instructora será la toma de declaración de Fernando Martínez Maíllo, cuya citación compete por su aforamiento al Tribunal Supremo, dado que el resto de pruebas ya se han practicado y sería la única diligencia pendiente.
Añadir La Nueva Crónica como fuente preferida de Google de forma gratuita
Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.