El Juzgado de lo Penal número 2 de León había condenado al gerente de Metal Tatto a un año de cárce, una multa de 2.700 y la inhabilitación por un año para ejercer de tatuador y suministrar productos relacionados con esta actividad por un delito contra la salud pública. Una sentencia que ha sido revocada por la Audiencia Provincial de León al estimar el recurso de apelación acompañado de una serie de pruebas documentales que hacían que el Ministerio Público retirase su acusación.
El recurrente presentaba un documento notarial y un oficio de Sanidad–posteriores a la celebración del juicio– para impugnar la condena impuesta por vender tintas de la marca Intenze que, según argumentaba el fiscal, habían sido retiradas del mercado por alerta sanitaria. Unas tintas cuyo uso y comercialización estaba prohibida por la Agencia Española del Medicamento que, a su vez, sí que autorizaba a usarla en convenciones. Los documentos aportados convencían al Ministerio Fiscal que interesó la estimación del recurso.
El local de tatuajes, representada por su gerente, ha sido absuelto. Ahora, exigirán daños y perjuicios por los daños causados.
La Audiencia absuelve al tatuador condenado por vender tinta ilegal
El Juzgado de lo Penal número 2 de León había condenado al gerente de Metal Tatto a un año de cárce, una multa de 2.700 y la inhabilitación por un año
20/02/2016
Actualizado a
15/09/2019

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