El Gobierno declara 20 zonas afectadas por emergencias de protección civil en León

Los funcionarios afectados por los incendios podrán adaptar sus jornadas

28/07/2026
 Actualizado a 28/07/2026
Varias viviendas afectadas por los fuegos en Quintana y Congosto tras el incendio. | FERNANDO OTERO
Varias viviendas afectadas por los fuegos en Quintana y Congosto tras el incendio. | FERNANDO OTERO

El Gobierno declaró este martes zonas afectadas por una emergencia de protección civil los territorios afectados por un total de 211 episodios catastróficos, 58 en Castilla y León, la mayor parte, 57, consecuencia de incendios forestales. Los sucesos abarcan el periodo del 31 de marzo al 27 de julio, con daños en comarcas de catorce comunidades autónomas.

En concreto, la mayor parte de las zonas se declara en León, 20, seguida por Ávila, nueve; Valladolid, ocho; Burgos, cinco; Palencia y Zamora, cuatro en ambos casos; Salamanca y Soria, tres en cada una; y Segovia, dos.

Bajando al detalle, en la provincia leonesa se incluyen las zonas afectadas por los incendios forestales del 25 de junio en Quintana y Congosto, Valdepiélago, Villamanín, Luyego, Vega de Valcarce, Congosto, Sotelo, trabadelo, Molinaseca, Vega de Espinareda, uno simulténeo (Congosto, Vega de Valcarce y Sotelo), y Arganza; el 26 de junio en Villaquejida; el 27 de junio en Vega de Espinareda II; el 21 de julio en Caboalles de Arriba; y el 22 de julio, en Castropodame, Encinedo, Valdesamario (Murias de Ponjos), La Baña y Villaverde de los Cestos.

Reducción de jornada

El Consejo de Ministros también aprobó este martes medidas laborales extraordinarias para proteger a los trabajadores afectados por los incendios que incluyen el derecho de los empleados públicos a adaptar su jornada o, en su caso, a reducirla por deberes de cuidado, incluyendo cambios de turno, horarios flexibles, jornada continuada, cambio de centro, cambio de funciones o trabajo a distancia.

Según explicó el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública este martes en un comunicado, el real decreto-ley que el Ministerio de Trabajo y Economía Social aprobado incluye una disposición adicional para aplicarlo a los empleados públicos, según informó Servimedia.

En concreto, estarán justificadas las ausencias en los casos de fuerza mayor que prevé el artículo 2 del real decreto-ley, como la imposibilidad de acudir al domicilio habitual o la realización de trámites presenciales. La extensión del permiso por fallecimiento de cinco días hábiles también se aplica al personal público cuando el fallecimiento esté relacionado con los incendios.

Se podrán aplicar suspensiones de contrato o reducciones de jornada por fuerza mayor mientras duren las circunstancias que impidan o dificulten la prestación laboral. Los trabajadores afectados no quedarán desprotegidos ya que, cuando se suspenda el contrato o reduzca la jornada, podrán acceder a la prestación por desempleo correspondiente.

Las medidas tendrán carácter temporal y excepcional. Se aplicarán mientras se mantenga la circunstancia concreta que justifica cada una de ellas, incluso si los incendios se extinguen, cambia el nivel de la situación operativa o se declara finalizada la emergencia de interés nacional. En los casos ya activos en la fecha de entrada en vigor, producirán efectos desde el momento de la declaración de la situación operativa de nivel 1, 2 o 3 o de la emergencia de interés nacional.

El real decreto-ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

 

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