El TSCyL celebra una vista oral por el recurso que desestimó las cuestiones previas en el caso de la peregrina

El juez rechazó actuaciones como la localización del cadáver, la declaración de autoinculpación del acusado o la diligencia de inspección ocular y reconstrucción de los hechos

Ical
12/02/2017
 Actualizado a 01/09/2019
Miguel Ángel M.B. (con gorra) a al entrada de los juzgados de Astorga. | CARLOS S. CAMPILLO (ICAL)
Miguel Ángel M.B. (con gorra) a al entrada de los juzgados de Astorga. | CARLOS S. CAMPILLO (ICAL)
La sala civil-penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) celebra este lunes en el Palacio de Justicia de Burgos, la vista oral por el recurso al auto de la Audiencia Provincial de León que resolvió las cuestiones previas planteadas por las partes en el procedimiento del Tribunal del Jurado sobre la muerte de la peregrina Denise Pikka.

Fue el pasado mes de noviembre cuando el magistrado presidente del Tribunal del Jurado que juzgará el asesinato de la peregrina Denise Pikka Thiem desestimó las cuestiones previas al juicio, planteadas tanto por la defensa del acusado como por la acusación particular que ejerce el hermano de la fallecida. En concreto, el juez rechazó la petición de nulidad de determinadas actuaciones que se practicaron durante la instrucción, tales como la localización del cadáver, la declaración de autoinculpación por parte del acusado ante la juez de instrucción, o la diligencia de inspección ocular y de reconstrucción de los hechos.

Igualmente, el presidente del Tribunal del Jurado denegó todas las diligencias posteriores que se deriven de las anteriores y que había solicitado la defensa del acusado, al considerar “vulnerados sus derechos fundamentales a la libertad personal y a la defensa letrada”. Otro de los aspectos que rechazó fue la impugnación, a petición de la defensa del acusado, de medios de prueba que habían propuesto el fiscal y la acusación particular. Por otro lado, se denegaron determinados medios de prueba que la defensa pretendía que se practicasen en el juicio, además de los ya propuestos en su escrito de calificación.

Por último, el magistrado rechazó la impugnación, efectuada por la acusación particular, de un medio de prueba que había propuesto la defensa del acusado, y ha denegado un medio de prueba que esa acusación pretendía que se practicase en el juicio, además de los ya propuestos también en los escritos de calificaciones.

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