El TJS condena a la Diputación por el reparto publicitario entre los medios de comunicación

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratifica una sentencia del Juzgado de León que fue recurrida por la institución provincial

L.N.C.
02/02/2017
 Actualizado a 05/09/2019
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Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha confirmado la resolución dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo 2 de León por la que se condena a la Diputación de León a indemnizar a la sociedad editora de ileon.com, por discriminarla en el reparto de publicidad institucional desde el año 2011.

La Sala del Contencioso-Administrativo considera acreditado que la Diputación Provincial discriminó a este medio de comunicación al excluirlo de todas las campañas de publicidad institucional durante los años 2011 a 2015, correspondientes a los mandatos de la fallecida presidenta Isabel Carrasco, Marcos Martínez Barazón, Emilio Orejas y el inicio del mandato de Juan Martínez Majo.

El TSJ entiende que la sentencia inicial del Juzgado Contencioso-Administrativo 2 de León se ajusta a Derecho y desestima totalmente el recurso que puso la Diputación contra la misma, con imposición expresa de las costas por la apelación presentada. En la argumentación jurídica se hace hincapié en la existencia de informes emitidos por la Secretaría General de la misma Diputación que reconocían una discriminación de hecho a este medio de comunicación, que fueron obviados por los responsables políticos, lo que motivó la demanda de la sociedad editora de ileon.com.
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