El pasado 18 de octubre la sección segunda de la salta tercera del Alto Tribunal falló, ante un recurso, que debe ser el banco y no el cliente, como venía suciendo en los últimos 30 años, quien debe pagar el impuesto de AJD de las hipotecas. De esta forma, el Supremo anulaba lo establecido por el reglamento del tributo y cambiaba la jurisprudencia anterior del propio Tribunal. Ni 24 horas después de conocerse esa sentencia, en una decisión insólita que justificó por «la enorme repercusión económica y social» generada, el presidente de la sala de lo contencioso-administrativo, Luis María Díez-Picazo, frenó los recursos pendientes por esta materia y convocó al pleno a estudiar el caso para unifir doctrina, lo que se interpretó como una desautorización a la sección segunda.
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