El Consultivo tumba el contrato de Serfunle

La adjudicación del año 2003 no es válida por aceptar un canon no incluido en los pliegos

Alfonso Martínez
08/09/2016
 Actualizado a 06/09/2019
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El Consejo Consultivo de Castilla y León ha emitido un dictamen en el que determina que "procede declarar la nulidad de pleno derecho del acuerdo de 27 de marzo de 2003 de la Mancomunidad de Servicios Funerarios de León, San Andrés del Rabanedo y Villaquilambre por el que se adjudica a Service Corporation International Spain el concurso convocado para la selección de un socio accionista para constituir la empresa mixta Serfunle S.A.".

El principal argumento que esgrime la institución que preside Mario Amilivia es que en dicha adjudicación del concurso se aceptó un canon de gestión que ha recibido hasta el pasado año el socio privado (actualmente denominado Mémora) y que no figuraba en los pliegos de licitación del concurso.

Es la misma razón que esgrimía el interventor de la mancomunidad en un demoledor informe elaborado el pasado mes de enero. Fue en ese momento cuando el actual presidente de la entidad, Fernando Salguero, tomó cartas en un asunto que data de hace 13 años, pidió nuevos informes técnicos y remitió toda la documentación al respecto tanto al Tribunal de Cuentas como al Consejo Consultivo.

El dictamen, fechado el 31 de agosto pero que trascendió este miércoles, considera que la propuesta de la adjudicataria de recibir el canon de gestión, que ha supuesto el desembolso de 8.419.530,11 euros desde 2003, "altera de forma esencial el régimen económico del contrato previsto en los pliegos y no se ajusta a lo establecido en ellos".

Hurtado firmó la propuesta de adjudicación después de admitir una "alteración" de las reglas de licitación para beneficiar a la adjudicataria El texto determina además que no es admisible el argumento de que este canon es habitual en los contratos para la selección de un socio privado. "La mera habitualidad no permite su inclusión en la proposición; sólo debía admitirse si se preveía en los pliegos y estos, quizás por un olvido, no lo contemplan", detalla el dictamen del Consultivo.

La relevancia de esta "innovación en la proposición presentada debería haber conllevado necesariamente la exclusión de dicha oferta, por no ajustarse a los pliegos que regían el procedimiento de licitación".

El dictamen considera que se ha producido una "alteración" de las reglas de la licitación, que deben regir por igual para todos los licitadores. Estipula además que, de haberse conocido esta modificación en las condiciones, seguramente la concurrencia de oferentes al proceso de licitación habría sido mayor.

En definitiva, el Consejo Consultivo determina que la admisión de la oferta y la posterior adjudicación del contrato a la empresa supone la infracción de los principios que rigen la contratación del sector público, en concreto los de igualdad de trato y no discriminación, al constituir «una modificación sustancial ad hoc de los criterios y reglas del procedimiento en beneficio del único candidato que presentó proposición».

Cabe recordar en este sentido que el canon fue aceptado por los técnicos que informaron la propuesta de adjudicación y posteriormente por la mesa de contratación de la mancomunidad con el visto bueno a la misma.

Se convocará una asamblea de concejales para ratificar la nulidad y comunicar a la parte privada el comienzo del proceso de liquidación Los técnicos eran el entonces gerente de la mancomunidad (ya fallecido) y el asesor económico, que a su vez es el secretario del consejo de administración de la empresa mixta y jefe del servicio de Asuntos Económicos del Ayuntamiento de León, Carlos Hurtado. Da la casualidad de que este funcionario ejerce además actualmente las labores de secretario de la Asociación Nacional de Servicios Funerarios (Panasef), que "representa y defiende los intereses comunes de las empresas prestadoras de servicios funerarios", tal y como puede leerse en su propia página web.

En este sentido, se han solicitado ya informes sobre si puede existir incompatibilidad entre el papel de Hurtado en la mancomunidad y en la empresa mixta y en esta organización patronal.

Los servicios jurídicos de la mancomunidad estudian ya el dictamen del Consejo Consultivo, que es vinculante. Es por eso que el siguiente paso será la convocatoria de una asamblea de concejales para dar el visto bueno a la nulidad del contrato y comunicar posteriormente al socio privado de la empresa mixta el inicio del proceso para la liquidación del contrato y la restitución de la situación anterior a 2003.
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