Castilla y León aprueba el PRUG para gestionar Picos de Europa

Este instrumento ordena su conservación, aprovechamientos, investigación y desarrollo socioeconómico de este espacio protegido

11/12/2025
 Actualizado a 11/12/2025
En la fotografía, vista de uno de los macizos del Parque Nacional de Picos de Europa. |TURISMO CyL
En la fotografía, vista de uno de los macizos del Parque Nacional de Picos de Europa. |TURISMO CyL

El Consejo de Gobierno ha dado luz verde este jueves al decreto de la Consejería de Medio Ambiente por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional de los Picos de Europa en el ámbito de Castilla y León. Este instrumento ordena su conservación, la gestión del uso público, los aprovechamientos, la investigación y el desarrollo socioeconómico de este espacio protegido, el único de España que ampara población dentro de sus límites. De ahí que la principal particularidad de este Plan Rector es su adecuación a este hecho diferencial, de modo que en él se regula el uso y disfrute del espacio haciéndolo compatible con las limitaciones propias de un parque nacional y el objetivo de su preservación.

El Parque Nacional de los Picos de Europa fue declarado por Ley en 1995, heredero del Parque Nacional de la Montaña de Covadonga (1918) que, considerado el primer parque nacional, abarcaba territorios de las provincias de León y Oviedo con dos núcleos habitados: Caín en territorio leonés y Covadonga, en Asturias. El Parque Nacional de los Picos de Europa, repartido en el territorio del Principado de Asturias, Castilla y León en la provincia de León y Cantabria, incrementa hasta 20 el número de poblaciones situadas en el interior del espacio protegido.

Mediante la ampliación del Parque Nacional, formalizada en 2015, Picos de Europa alcanzó una superficie de 66.030 hectáreas repartidas entre las comunidades del Principado de Asturias (27.477 hectáreas), Castilla y León (23.580 hectáreas) y Cantabria (14.973 hectáreas), correspondiendo la gestión ordinaria y habitual de este espacio a las tres autonomías en sus respectivos ámbitos territoriales, debiendo asegurarse la gestión integral del parque nacional.

La Ley de declaración del Parque Nacional de los Picos de Europa (1995) establece como instrumento para la planificación de la gestión del parque nacional el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), cuya elaboración corresponde, de forma conjunta, a la Junta de Castilla y León y a los gobiernos del Principado de Asturias y de Cantabria.

Este plan, cuya aprobación constituye el objeto del proyecto de decreto validado este jueves por el Consejo de Gobierno, establecer los objetivos de la planificación, los criterios de gestión y la zonificación del parque; las normas de gestión, actuación y zonificación precisas en materias como conservación, uso público, aprovechamientos, desarrollo socioeconómico, investigación y educación ambiental. Asimismo, recoge la relación de usos y actividades clasificadas como incompatibles y compatibles con los objetivos del parque nacional y no necesarios para su conservación y, finalmente, compatibles con los objetivos del parque y necesarias para su conservación y gestión.

Hoja de ruta de la conservación

El documento establece las directrices para la elaboración de los programas sectoriales que desarrollarán el PRUG relativos a la conservación de los recursos naturales, patrimonio cultural y paisaje; la investigación; el uso público –con subprogramas relativos a visitantes y equipamientos, accesibilidad o educación ambiental, entre otros–; las relaciones con el entorno y participación ciudadana –que engloba los subprogramas de comunicación, apoyo a la comunidad residente y participación ciudadana y voluntariado–, y el seguimiento del plan. Además, también recoge los criterios para la elaboración de un plan de autoprotección.

Se incluyen criterios de colaboración con otras administraciones e instituciones, así como el marco para la integración de los titulares de derechos y el régimen para la supresión de las actividades clasificadas como incompatibles. También figuran indicadores que habrán de utilizarse para realizar el seguimiento y la evaluación del estado de conservación del parque nacional y del grado de cumplimiento de los objetivos del parque.

De igual modo, en cumplimiento del mandato de la Ley de declaración del parque nacional, se incluye el Plan Económico y de Compensaciones para el desarrollo de medidas de apoyo a personas titulares que vean condicionada la forma de desarrollo ordinaria de su actividad al estar en el interior de un parque nacional.

Red de figuras protegidas

Finalmente, también se recogen instrumentos para la gestión integrada de otros espacios protegidos del parque. Así, en nueve artículos se establecen los espacios protegidos sobre los que el PRUG será también de aplicación a la hora de gestionar otras figuras de protección de espacios naturales que estén incluidas dentro del ámbito territorial del parque: Reserva de la Biosfera de Picos de Europa, ZEC Picos de Europa para Asturias y Castilla y León, ZEC de Liébana o Monumento Natural Sistema del Trave, entre otros.

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