Cascantes, pionera en el cobro de tasas eléctricas, de agua y gas

La Junta Vecinal elaboró la ordenanza en el año 2017; un gran esfuerzo, las tasas de la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local

Estefanía Niño
06/04/2022
 Actualizado a 06/04/2022
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El PP celebra que el Ayuntamiento de Cuadros "se haya subido al carro, más vale tarde que nunca» de la elaboración de las ordenanzas para las tasas a las conducciones eléctricas y de gas que pasan por su municipio. Así lo han señalado desde la Junta Vecinal de Cascantes de Alba.

A lo largo del año 2017 esta pequeña pedanía, "pese al enorme esfuerzo económico que suponía para una entidad con apenas 105 habitantes, sin prácticamente ingresos y pese a no contar con ninguna ayuda económica por parte del Ayuntamiento",decide llevar hacia adelante la elaboración del informe técnico-jurídico y de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local de las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos. Una normativa que se publica en el Boletín Oficial de la Provincia el 27 de diciembre de ese año y entra en vigor en el 2018.

Desde entonces, las empresas afectadas han reaccionado de forma dispar; unas han aceptado las tasas y otras han recurrido de forma sucesivahasta llegar al Tribunal Supremo, que finalmente en una sentencia de este pasado enero, pese a declarar nulo el porcentaje fijo establecido, confirmó que la ordenanza fiscal era válida. De esta manera, la Junta Vecinal está realizando los trámites para adecuar la ordenanza a la sentencia del Tribunal Supremo y continuar con su aplicación.

Mientras tanto, y cinco años tarde, el pasado 3 de marzo, señalan queel Ayuntamiento de Cuadros "descubre" que es posible el cobro de estas tasas, con el beneficio que esto supone para las juntas vecinales, convoca a los presidentes de las pedanías a una reunión donde anuncia que va a proceder a la elaboración del informe técnico-jurídico y la posterior ordenanza de la tasa a las instalaciones de transporte de energía eléctrica, gas, agua e hidrocarburos para aquellas pedanías que así lo soliciten; "eso sí, con la consiguiente contraprestación económica".
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