Dado que, durante los meses de marzo, abril y mayo de 2020, el hecho imponible establecido en algunas ordenanzas fiscales municipales, no se ha producido y con el fin de mitigar en los posible los efectos de esta pandemia, el Ayuntamiento ha adoptado esta decisión.
En cuanto a la condonación del cobro de la cuota correspondiente al mes de junio, dado que no es una competencia del alcalde, pues se trata de una ordenanza fiscal municipal, su cobro quedará suspendido, hasta que el equipo de Gobierno realice los trámites necesarios para proponer al Pleno de la Corporación la condonación definitiva de dicha deuda tributaria, apunta.
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