A juicio una pareja por lanzar a su bebé a una bañera porque le irritaba su llanto

En Urgencias detectaron golpes de fechas anteriores que le habrían sido propinados por la madre y consentidos por el padre

I. Herrera
03/10/2018
 Actualizado a 18/09/2019
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Hasta 11 años de prisión –tres por maltrato habitual y ocho por dos delitos de lesiones cualificadas– es lo que pide el Ministerio Público para los padres acusados de agredir y lanzar a su bebé de tres meses a una bañera porque le irritaba su llanto. Según el escrito de conclusiones provisionales del fiscal, los golpes habrían sido proferidos por la madre, a la que considera autora directa, pero con el consentimiento del padre, al que acusa de ser autor en comisión por omisión.

De acuerdo al relato de hechos del Ministerio Fiscal, los hechos se remontan a julio de 2015, cuando el bebé apenas tenía tres meses de edad. Vivían en una localidad del sur de León con la abuela del padre y una tarde, al parecer, estando la pareja en el dormitorio, ella con la criatura en brazos a la que estaría preparando para el baño, lo arrojó a la bañera porque «le irritaba sumamente» el llanto. Le llevaron a Urgencias donde, además de la fractura que le habría causado este incidente en el brazo, detectaron más golpes y fracturas causadas tiempo antes, según el fiscal por la acusada y con el consentimiento del padre. El bebé estuvo ocho días ingresado en el Complejo Asistencial de León y tardó más de tres meses en curar sin que le hayan quedado secuelas de ningún tipo. Inmediatamente, el Juzgado de Instrucción de Sahagún acordó la prohibición de que los ahora acusados se acercaran al menor a menos de 200 metros. Por otra parte, la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de la Junta declaró en situación de desamparo al bebé, asumió su tutela y acordó el acogimiento provisional del menor. Medio año después se formalizó el acogimiento familiar temporal ordinario con la abuela paterna del menor.

El fiscal considera que los hechos, de los que hace autores a ambos progenitores, constituyen un delito de maltrato habitual, por el que pide tres años de prisión para cada uno, y dos de lesiones cualificadas, solicitando cuatro años por cada delito. Además, entiende que concurre la circunstancia agravante de parentesco.

La versión de la defensa

La representación legal de los acusados se muestra disconforme con el relato del fiscal y argumenta que, la madre del bebé, nacido de forma prematura y siendo ellos padres primerizos, se encontraba sumida en una depresión post parto y afectada por un cólico lactante que sufrió su hijo. Según su versión, la tarde del incidente de la bañera ella estaba sola –su pareja se encontraba durmiendo en otra planta de la vivienda– y «a consecuencia del agua y del jabón con el que lavaba al bebé, el niño se resbaló de sus manos».

Por ello, la defensa considera que no existe delito alguno y pide para ambos la libre absolución, aceptando, en todo caso, que se considere a la madre autora de un delito imprudente de lesiones. Asimismo, señala que concurre en el caso de la madre la eximente incompleta de anomalía psíquica.

El juicio está previsto para el próximo 10 de octubre en el Juzgado de lo Penal 1 de los de León.
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