A juicio por seguir cobrando hasta 2016 la pensión de su tío, fallecido en 1993

Se acusa a la mujer de un delito continuado de fraude de prestaciones al sistema de la Seguridad Social y, alternativamente, de otro continuado de estafa

R. Á.
14/11/2019
 Actualizado a 14/11/2019
El 2 de diciembre, a partir de las 12:30 horas, se celebrará un juicio en el que acusan a una mujer de un delito continuado de fraude de prestaciones al sistema de la Seguridad Social y, alternativamente, de otro continuado de estafa en su modalidad agravada. La mujer, según el escrito de acusación, «de forma continuada y con ánimo de obtener indebidamente un beneficio patrimonial ilícito en perjuicio de la Administración Pública, siguió recibiendo el importe de la pensión de jubilación que venía disfrutando de su tío –fallecido en 1993– para su propio beneficio» hasta el año 2016.

Percibió 132.644 euros

Las cantidades indebidamente percibidas ascienden a un total de 132.644 euros correspondientes a los periodos de enero de 1997 a octubre de 2016. Sin embargo, la entidad bancaria, a través del procedimiento de retrocesión automático, ha devuelto lo abonado desde noviembre de 2012 hasta finales de septiembre de 2016 por importe de 33.613 euros, siendo por ello la cantidad final adeudada de 99.031 euros, correspondiente al periodo comprendido entre enero de 1997 y octubre de 2012.

Según prosigue el escrito de acusación, la entidad bancaria «incumplió plenamente su obligación de realizar al menos una vez al año un control de pervivencia del titular de la pensión», lo que conlleva la «responsabilidad civil subsidiaria ante el INSS derivada de su negligencia por las cuantías indebidamente abonadas».

Los hechos narrados se considera que son constitutivos de un delito continuado de fraude de prestaciones al sistema de la Seguridad Social por el que se estima que se debe imponer a la mujer la pena de seis años de prisión y, alternativamente, de otro delito continuado de estafa en su modalidad agravada, por el que le piden cinco años y ocho meses de cárcel. También le reclaman el abono de las costas y, en concepto de responsabilidad civil, consideran que debe indemnizar al Instituto Nacional de Seguridad Social con la cantidad de 99.031 euros.
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