6.000 leoneses en edad laboral tienen una discapacidad que puede optar a la jubilación anticipada

La ampliación de patologías en la nueva normativa que exige un grado mínimo del 45%aumenta este derecho de los trabajadores

19/08/2026
 Actualizado a 19/08/2026
Más leoneses con discapacidad pueden optar desde julio a la jubilación anticipada.
Más leoneses con discapacidad pueden optar desde julio a la jubilación anticipada.

En León hay 7.900 personas de entre 16 y 64 años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 45%, según los datos de 2024 de la Base Estatal de Personas con Discapacidad (BDEPD). Es ese el umbral que exige el Gobierno para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad, una medida que el Consejo de Ministros acaba de reforzar con un nuevo Real Decreto, aprobado el 28 de julio, que amplía el catálogo de patologías con derecho a acogerse a ella.

De esos 7.900 leoneses, 953 tienen entre 16 y 34 años y 6.947 entre 35 y 64. Por sexo, 4.461 son hombres y 3.439 mujeres. Se trata de la fotografía más amplia posible del colectivo leonés con discapacidad severa en edad laboral, aunque no equivale al número real de potenciales beneficiarios de la medida, que exigiría contar con los datos de su situación laboral, sus años de cotización con la discapacidad ya reconocida y la patología concreta que padece, información que el registro estatal no individualiza a nivel provincial.

La nueva medida del Gobierno de España ampara a los trabajadores con una discapacidad igual o superior al 45% y que hayan cotizado cinco años con esa discapacidad ya reconocida para acceder a la jubilación anticipada, según el acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros el 16 de mayo de 2023. La norma redujo de 15 a 5 los años de cotización exigidos desde el diagnóstico y permite, además, sumar varias patologías cuando ninguna alcanza por sí sola el 45% pero la suma sí lo hace.

Más patologías reconocidas

El Real Decreto del 28 de julio amplía el listado de patologías susceptibles de acogerse a esta jubilación anticipada, incorporando dolencias como el síndrome de Prader-Willi, el síndrome X frágil, la osteogénesis imperfecta, la acondroplasia, la fibrosis quística, la enfermedad de Wilson, la amiloidosis por transtiretina variante, la distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), la enfermedad de Huntington, la degeneración corticobasal, la atrofia multisistémica, la parálisis supranuclear progresiva, la esclerosis sistémica o la enfermedad renal crónica en estadio G5, entre otras. El Gobierno calcula que la actualización beneficiará a en torno a 50.000 personas en toda España, que podrán anticipar su jubilación hasta los 56 años en función de la patología que padezcan.

Pueden optar a esta jubilación anticipada los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia, de cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social, que acrediten estar en alta o en situación asimilada y que hayan trabajado, a lo largo de su vida laboral, un tiempo efectivo equivalente al periodo mínimo de cotización exigido para la jubilación ordinaria, estando afectados por alguna de las patologías del listado. Dentro de ese periodo, es necesario acreditar al menos cinco años con un grado de discapacidad igual o superior al 45%.

La discapacidad se acredita mediante un informe médico que precise la fecha en que se inició o manifestó la patología —ya sea el nacimiento o una fecha posterior— y mediante un certificado del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) o del órgano equivalente de cada comunidad autónoma, que debe confirmar que el grado ha sido igual o superior al 45% durante al menos cinco años. Ese porcentaje puede resultar de sumar varias dolencias, siempre que al menos una de ellas figure en el listado y suponga, como mínimo, el 33% del grado total acreditado.

El listado de patologías, que se actualiza periódicamente conforme al Real Decreto y la Orden Ministerial relativas, ya recoge además de las incorporadas en julio, la discapacidad intelectual, la parálisis cerebral, el síndrome de Down, los trastornos del espectro autista, las secuelas de traumatismo craneoencefálico, la esquizofrenia, el trastorno bipolar, la esclerosis lateral amiotrófica, la esclerosis múltiple, el párkinson, la lesión medular o la espina bífida, entre otras.

En lo que se refiere a la provincia de León, el dato no distingue entre personas en activo, desempleadas o inactivas, ni indica desde cuándo tiene cada persona reconocido ese grado —un requisito clave, ya que la medida exige cinco años de cotización con la discapacidad ya certificada—. Tampoco permite identificar qué patología concreta motiva cada reconocimiento, de modo que no es posible saber cuántos de esos 7.900 casos corresponden a alguna de las dolencias recogidas en el listado cerrado del Real Decreto, frente a otras causas de discapacidad que quedan fuera de la medida.

Con todas esas cautelas, la fracción encuadrada en los grupos de diagnóstico más afines al listado —afecciones del sistema nervioso o la función mental, discapacidad intelectual o del desarrollo, y trastornos neuromusculoesqueléticos o del movimiento, que concentran patologías como el párkinson, la esclerosis múltiple, el síndrome de Down, la esquizofrenia, el trastorno bipolar o la lesión medular— asciende a 5.693 personas de las 7.900, según el mismo desglose provincial.

La normativa excluye expresamente a quienes acrediten un grado de discapacidad inferior al 45%: en esos casos, el acceso a la jubilación se mantiene en la edad ordinaria que corresponda a cada trabajador, sin ninguna de las reducciones contempladas para el colectivo con discapacidad igual o superior a ese umbral.

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